Inhabilitan a ex primer visitador de CNDH por difundir datos del caso Ayotzinapa

José Martínez renunció a la CNDH en 2020, en protesta por el modo de operar de Rosario Piedra Ibarra al frente de la comisión.

Inhabilitan a ex primer visitador de CNDH por difundir datos del caso Ayotzinapa. | Javier Ríos
Rafael Montes
México /

Magistrados del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinaron inhabilitar por seis meses a José Martínez Cruz, ex primer visitador de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por la indebida utilización de información sobre el caso relacionado con la desaparición de estudiantes en Iguala, Guerrero.

Martínez Cruz, activista y defensor de los derechos humanos desde hace más de 40 años, renunció a la CNDH en 2020, en protesta por el modo de operar de Rosario Piedra Ibarra al frente de la comisión.

Sin embargo, la CNDH lo denunció penal y administrativamente por la presunta utilización indebida de información del caso Ayotzinapa que habría tenido en su poder.

Por unanimidad de votos, el pleno de la Tercera Sección del TFJA determinó inhabilitarlo para que no ocupe ningún cargo público por seis meses.

En la sesión de este martes, los magistrados de la Tercera Sección, especializados en faltas administrativas graves, expusieron el asunto que deriva de una apelación sobre una resolución del 4 de octubre de 2022, a través de la cual se determinó, en una primera instancia, que no se acreditó la existencia de responsabilidad administrativa consistente en la utilización indebida de información atribuida a quien, además, encabezó una Dirección General.

El caso fue impugnado y recayó en la Tercera Sección del TFJA, en donde, a propuesta de la magistrada Natalia Téllez Torres Orozco, se determinó que, si bien no fue posible constatar que la persona señalada entregó documentos con información sobre el caso de Ayotzinapa, se concluyó que el infractor sí obtuvo una ventaja derivada de la investigación a su alcance.

“Una vez que dejó su encargo, hizo uso de los datos que manejó como servidor público al hablar de esto en entrevistas periodísticas y mediante una columna que se difundió en diversos medios impresos”, precisó la magistrada.

Por ello, tras acreditarse la existencia de un perjuicio al servicio público y el detrimento a la imagen institucional, se aprobó imponer al infractor, una sanción administrativa consistente en la inhabilitación temporal, por seis meses, para desempeñarse en cargos, empleos o comisiones dentro del servicio público.

JLMR

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