Corte invalida reforma contra 'pensiones doradas' en el Ipejal

La Corte determinó que deben pagarse a sus beneficiarios tal como se estableció en su jubilación y no con la reducción considerada en las modificaciones aprobadas por el Congreso en 2021

Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (Ipejal) (Google Maps)
Milenio Política
Guadalajara /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó tres artículos transitorios de la Ley del Instituto de Pensiones y de la Ley para los Servidores Públicos de Jalisco, por lo cual las llamadas pensiones doradas deberán pagarse a sus beneficiarios como se estableció al momento de su jubilación, y no con la reducción establecida por las modificaciones aprobadas por el Congreso local en septiembre de 2021.

Las llamadas popularmente “pensiones doradas” son aquellas que cobran mensualmente ex funcionarios públicos, y cuyos montos varían de acuerdo con el salario que cobraban mensualmente al momento de jubilarse. Entre ellas hay quienes devengan más de 100 mil pesos por mes, hasta los que llegan a cobrar más de 218 mil pesos en el mismo lapso de tiempo. Una pensión promedio de los trabajadores es de 17 mil pesos al mes.

La iniciativa presentada por el gobernador Enrique Alfaro en 2021 logró poner un tope máximo a dichas pensiones. Con la aprobación se estableció que la base de cotización para el pago de las aportaciones de todas las plazas para cualquier afiliado, no debe ser mayor a 39 veces el valor de la unidad de medida y actualización elevado al mes.

El mismo día que se aprobó la iniciativa que topaba las pensiones el gobernador Enrique Alfaro señaló que “esta importante reforma libera los abusos contra el Ipejal de unos cuantos que ponían en riesgo el patrimonio y futuro de miles. Este es un paso más para el rescate financiero del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, que por tantos años fue presa de la corrupción y la ineptitud. Gracias, de corazón, a las y los legisladores de Jalisco por hacer lo correcto”.

Sin embargo ayer, casi dos años después, el Pleno de la SCJN invalidó los artículos reformados por el Congreso local, en los cuales se estableció que todas las pensiones previamente otorgadas debían ajustarse al nuevo tope máximo establecido, lo que implicó su reducción.


Por medio de un comunicado de la SCJN se explica que: “La Corte determinó que los preceptos mencionados eran inconstitucionales, ya que violaban los principios de irretroactividad de la ley, no regresividad y gradualidad, pues afectaban derechos adquiridos de las personas que se pensionaron conforme a disposiciones anteriores a la entrada en vigor del Decreto combatido”.

El documento de la SCJN explica que “antes de la expedición del Decreto, el tope máximo que podía alcanzar una pensión era de 35 veces el salario mínimo general mensual vigente en la Zona Metropolitana de Guadalajara. Sin embargo, con motivo de la entrada en vigor del Decreto, se estableció que todas las pensiones que fueron otorgadas anteriormente debían ajustarse al nuevo monto establecido, de 39 veces el valor de la unidad de medida y actualización elevado al mes”.

La Acción de inconstitucionalidad 150/2021 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y firmada por la presidenta de ese organismo, Rosario Piedra Ibarra. El argumento de la CNDH es “que las normas controvertidas tienen efectos retroactivos, en detrimento de las personas pensionadas, pues implican una reducción monetaria a la pensión que fue determinada por el Instituto de Pensiones jalisciense o en su momento, por la Dirección de Pensiones, con antelación a la entrada en vigor de los preceptos impugnados”.

¿Cuántas personas cobran pensiones doradas en Jalisco?

En entrevista con Canal 44 de la UdeG, en febrero pasado, el titular del Ipejal explicó que son 80 los jubilados que gozan de una pensión dorada de más de 120 mil pesos mensuales, a quienes el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco tendrá que respetarles el derecho que ya habían adquirido, según el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La aprobación por el Pleno de la SCJN se dio este jueves.

En una votación por unanimidad, los ministros de la SCJN concedieron el amparo que solicitaba una servidora pública jubilada, por lo cual no se le podrá reducir el monto de lo que cobraba antes de los cambios. No se dio a conocer el nombre de la persona que solicitó y logró el amparo.

Enrique Alfaro lamenta decisión de la Corte


El gobernador Enrique Alfaro Ramírez, impulsor de la reforma, lamentó la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de invalidad la reforma a la Ley de Pensiones del Estado, “para acabar con el abuso de las pensiones doradas de quienes creen que pueden enriquecerse en el servicio público”.

En un mensaje publicado en sus redes sociales, calificó como una injusticia la decisión de la Corte, sin embargo, manifestó que “la buena noticia es que esta resolución solo le aplica a quienes ya contaban con una pensión dorada previo a la reforma. En otras palabras, la Corte validó que las pensiones de servidores públicos en Jalisco sean topadas para evitar abusos en el futuro”.

El mandatario estatal afirmó que continuarán trabajando para defender el patrimonio de las y los trabajadores y contra los abusos de corrupción.


SRN



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