Invalidar acuerdo sobre declarar de seguridad nacional obras públicas iría contra la Constitución: Yasmín Esquivel

La ministra reiteró su postura de que su invalidez, solo involucra a quien emitió el acuerdo y a quien interpuso la controversia contra el mismo.

Ciudad de México, México /

La declaración de invalidez del acuerdo del Ejecutivo Federal, que declaró de interés público y seguridad nacional la realización de determinadas obras públicas, no puede implicar su expulsión definitiva del orden jurídico, pues ello iría en contra de lo que ordena la Constitución, sobre que “las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia tendrán efectos únicamente respecto de las partes en la controversia”.

Así lo afirmó la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, al reiterar su postura, en la sesión del Pleno del Alto Tribunal, sobre la controversia constitucional promovida por el INAI en contra de dicho Acuerdo.

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Destacó que, como sucede con todo acto administrativo que se declara ilegal, su invalidez solo involucra a quien lo emitió y a quien lo demandó, pues fuera estas partes, otros actores no están implicados en la decisión.

Para sustentar lo anterior, hizo referencia a más de 10 precedentes emitidos por la Segunda Sala del Alto Tribunal, donde los efectos de la declaratoria de invalidez se limitaron a las partes del procedimiento.

Yasmín Esquivel explicó, que el INAI no cuenta con interés legítimo para impugnar el Acuerdo, pues este no regula su estructura, funcionamiento o facultades, así como tampoco resulta inconstitucional, pues la declaratoria de seguridad nacional de determinados proyectos de infraestructura, no equivale a una inminente reserva global de información.

Finalmente subrayó, que el Acuerdo emitido por el Ejecutivo Federal, lejos de reservar la información sobre las obras públicas, le da un carácter de relevante y beneficiosa para la sociedad, y reconoce la importancia de su divulgación.

El Pleno de la SCJN, aprobó el proyecto con seis votos a favor y cinco en contra.


aag

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