Un juez federal otorgó una suspensión provisional al senador Ismael García Cabeza de Vaca, hermano del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, medida cautelar que ordena el desbloqueo de sus cuentas bancarias.
La suspensión fue concedida por Faustino Gutiérrez Pérez, juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas, quien hace unos días frenó la orden de aprehensión contra el mandatario estatal.
El hermano del gobernador tamaulipeco acusó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) realizó un bloqueo inconstitucional de sus cuentas bancarias, por lo que el juzgador determinó que no hay elementos que la medidas cautelar genere un “perjuicio al interés social o se contravendrían disposiciones de orden público”. La medida realizada por la dependencia dirigida por Santiago Nieto se originó como parte de las indagatorias por un supuesto lavado de dinero.
En su resolución, el juez indicó que desconoce el origen y sustento legal de la acción de la UIF, ya que esta provocaría “perjuicios de difícil reparación al demandante, consistentes (el senador) en la privación del derecho que le asiste de disponer de los recursos de las cuentas de las que es titular”.
Además, aseveró que la autoridad hacendaria no puede afirmar que la suspensión otorgada tendrá como consecuencia que se lleven a cabo operaciones vinculadas con actos delictivos, de manera que no ha pruebas que lo demuestren.
“En esta etapa procesal se desconoce el origen de la inmovilización a las cuentas bancarias de la parte quejosa, se estima que no es válido afirmar que la concesión de la medida cautelar tendrá como consecuencia permitir que se lleven acabo operaciones vinculadas con actos ilícitos, pues no se cuenta con las constancias necesarias que le muestre ese extremo”.
En lo expuesto por la UIF en cuanto a incluir a Ismael García Cabeza de Vaca en el listado de personas para el bloqueo de cuentas bancarias, se señaló que había elementos suficientes para inferir que las cuentas del senador se utilizaban para operaciones ilícitas.
Ante esto, el juez destacó que la UIF no respetó el marco constitucional al dar por hecho la comisión de un delito en lugar de la denuncia ante el Ministerio Publicó federal.
“Lo que se hace en realidad es implícitamente dar por hecho que si se ha cometido un delito como parte de una investigación que, cuando menos, es materialmente de orden criminal, procediéndose en consecuencia ordenar a las instituciones de crédito el bloqueo de las cuentas”.
Finalmente, el juez sostuvo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) incurrió en funciones que le corresponden al Ministerio Público, al tratarse de medidas cautelares que requieren de control judicial.
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