Luis Echeverría, el único ex presidente con órdenes de aprehensión por genocidio

Un juez dictó auto de formal prisión contra el ex presidente, el 29 de noviembre de 2006, tras ser acusado de orquestar la matanza de Tlatelolco en 1968.

Luis Echeverría ha sido el único presidente mexicano con órdenes de aprehensión. | Diseño: Margarita Salmorán
Rubén Mosso
Ciudad de México /

El ex presidente Luis Echeverría Álvarez, quien gobernó al país de 1970 a 1976  y falleció anoche a los 100 años de edad, ha sido el único mandatario de México que ha enfrentado un proceso penal y tenido una orden de aprehensión en contra, tras haber sido acusado de genocidio.

Esto, luego de que durante el sexenio de Vicente Fox, del 2000 al 2006, se creó la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSSP) encabezada por Ignacio Carrillo Prieto, dependiente de la Procuraduría General de la República (PGR).

La fiscalía especializada responsabilizó a Luis Echeverría de la matanza estudiantil del 2 de octubre de 1968, en la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco, por lo que el 29 de noviembre de 2006, el magistrado Ricardo Paredes Calderón, titular del Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal dictó auto de formal prisión en contra del ex mandatariopor su probable responsabilidad en el delito de genocidio.

Luis Echeverría quedó sujeto a proceso penal, convirtiéndose en el primer mandatario mexicano en ser juzgado por un delito y se le dictó prisión domiciliaria.

El magistrado revocó el auto de libertad dictado el 8 de julio 2006, por el juez Décimo Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales, Ranulfo Castillo Mendoza, quien consideró que dicho ilícito había preescrito.

No obstante, en la toca penal, el magistrado determinó que estaban acreditados los elementos del delito de genocidio, “al estimar que el sujeto activo, como titular de Secretario de Gobernación, en forma conjunta a otras personas, tuvo el codominio del hecho, en tanto perpetró la conducta unida a otras, trajo como consecuencia el resultado producido pues a través de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) se constituyó un grupo armado, denominado ‘Batallón Olimpia’, ordenó que sus miembros se presentarán en el mitin del 2 de octubre de 1968.

“Y en forma coordinada con otras fuerzas armadas, iniciaran el fuego cruzado, entre ellos y los elementos del Ejército, y otros contingentes, con la intención de aprovecharlo para disparar contra los estudiantes y la multitud congregada, perpetrando delitos contra la vida de un número considerable de personas, y con el propósito de destruir totalmente, al grupo nacional identificado como movimiento estudiantil de 1968”, argumentó.

Echeverría estuvo sujeto a proceso por casi tres años, hasta que en marzo de 2009 el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal lo exoneró, tras confirmar un amparo otorgado por el Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal.

Los magistrados del Colegiado, María Eugenia Estela Martínez Cardiel, Rosa Guadalupe M. Carmona y Manuel Bárcena Villanueva confirmaron el amparo concedido el 25 de julio de 2007, por el magistrado del Unitario, Jesús Guadalupe Luna Altamirano.

La confirmación del amparo estuvo basada en los argumentos que expresó en su momento el magistrado Luna Altamirano quien en su fallo apuntó que no existía prueba alguna, ni siquiera indiciaria, que demostrara que Luis Echeverría preparó, concibió o ejecutó la matanza estudiantil del dos de octubre de 1968 en la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco.

El magistrado expresó que aunque el delito de genocidio estaba acreditado, por los sucesos de la Plaza de las Tres Culturas, ya que había pruebas para presumir de que se trató de una acción concertada, preparada y coordinada encaminada a exterminar a un grupo nacional, constituido por estudiantes de diversas universidades, la entonces Procuraduría General de la República (PGR) no pudo demostrar que el orquestador fue el ex mandatario.

A pesar de que la PGR hizo su labor de investigación, el impartidor de justicia declaró que no pudo allegarse de pruebas concretas, pues los principales testigos que pudieron aportar información sobre el caso ya habían fallecido.

Resaltó que su resolución se encontraba “completamente exenta de todo tipo de cuestiones sentimentales, humanitarias, ideológicas, sociales o políticas”, porque sólo se basó en razones estrictamente jurídicas.

Indicó que después de haber revisado "hoja por hoja" las 58 mil 725 fojas que integran los 42 tomos, del proceso penal seguido en contra del ex mandatario, incluyendo los anexos, y aunque está acreditado en autos el cuerpo del delito de genocidio, en razón de que las autoridades del gobierno de aquella época realizaron de manera conjunta un acción concertada, preparada y coordinada para exterminar a un grupo nacional, ninguna de las pruebas aportadas por la PGR justifica la participación de Luis Echeverría en la matanza estudiantil.

Con este fallo se cerró la batalla legal que inició la malograda Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP) que encabezaba Ignacio Carrillo Prieto.

Un año después de recobrar su libertad, Luis Echeverría volvió a tener problemas legales, porque su ex abogado de cabecera, Heraclio Bonilla Gutiérrez, lo demandó por la vía civil en el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, por no cumplir con el pago de honorarios que ascendían a 10 millones de pesos por ocho años de servicio.

Bonilla encabezó la defensa del ex mandatario, junto con Juan Velásquez, en los juicios que entabló en su contra la Procuraduría General de la República por la matanza del 2 de octubre de 1968 y el jueves de Corpus de 1971, mejor conocido como El Halconazo.

El litigante reconoció que Echeverría Álvarez vivía una situación económica deplorable por la manipulación de sus bienes por parte de sus hijas María del Carmen y María Esther Echeverría Zuno, por lo que había caído en insolvencia económica.

“No es justo que sus hijas, en un afán de atesorar una cantidad, que por cierto no les hace falta, porque ahora habló de que mis honorarios en este momento ascienden a la cantidad de 10 millones de pesos (de cuatro millones originalmente), cantidad que no les hace falta, pues tienen a la venta un solo bien, que es un terreno en Playa del Carmen, en 130 millones de dólares.
“No es posible que un solo bien que representa para ellos una fortuna, no dé para pagar a quien le sirvió con lealtad, honradez, con honestidad, con rectitud a su padre, dejando incluso a mi familia en Oaxaca”, declaró.

Al final, tanto Echeverría como su abogado llegaron a un acuerdo y el juicio se suspendió tras acordar el pago de honorarios.

FLC

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.