¿Cuándo se cambiarán de jueces?: estas son las fechas clave de la Reforma Judicial

La promulgación de la reforma dio banderazo al proceso electoral extraordinario 2025, en el que la ciudadanía se escogerá a cientos de jueces, magistrados y ministros.

Las fechas clave de la Reforma al Poder Judicial
Alejandra Sigala
Ciudad de México /

La publicación de la Reforma Judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dio el banderazo para las elecciones en las que se renovarán a cientos de jueces, magistrados y ministros.

Horas antes de protagonizar su último grito de independencia, López Obrador firmó y publicó el decreto  que reforma 17 artículos de la Constitución (entre otras derogaciones y adiciones). De ese modo arrancó el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, con el cual se prevé contar con nuevos juzgadores electos por voto popular en un año o menos, específicamente antes del 15 de septiembre del 2025.

¿Pero cuándo serán las elecciones? Aquí te decimos

¿Cuándo se votarán por los jueces?, estas son las fechas

Con la promulgación de la Reforma Judicial se establecieron periodos para la preparación del proceso electoral; mismo en el que intervendrán los tres poderes de la federación, así como el Instituto Nacional Electoral (INE).

Así, a partir del 16 de septiembre el órgano electoral contará con siete días para que su Consejo General celebre la primera sesión a fin de preparar las próximas elecciones extraordinarias, las cuales se llevarán a cabo el primer domingo de junio del 2025.

De igual manera el Nacional Electoral será el encargado de realizar los cómputos, publicar los resultados, entregar las constancias de mayoría y declarar la validez de las elecciones. En tanto la Sala Superior del TEPJF o el Pleno de la SCJN tendrán hasta el 28 de agosto del 2025 para resolver las impugnaciones presentadas.

En 2025 México celebrará unas elecciones extraordinarias para escoger a jueces, magistrados y ministros | Cuartoscuro

Finalmente, las personas que resulten electas tomarán protesta el 1 de septiembre del 2025 y serán adscritas al órgano judicial correspondiente a más tardar el 15 de septiembre del 2025

¿Cuándo se abrirán las vacantes al Poder Judicial?

Según el decreto, en las elecciones extraordinarias “se elegirán la totalidad de los cargos de Ministras y Ministros de la SCJN, las magistraturas vacantes de la Sala Superior y la totalidad de las Magistradas y Magistrados de salas regionales del TEPJF, integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, así como la mitad de los cargos de Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito”.

En ese propósito es que el Senado de la República contará con 30 días hábiles— antes del 15 de octubre del 2024— para emitir la convocatoria de la cual saldrán las candidaturas que participarán en el proceso electoral “salvo en lo que respecta a las postulaciones que realice el Pleno de la SCJN”, pues esto “deberá hacerse por mayoría de ocho votos de sus integrantes”.

Las personas que se encuentren en funciones en los cargos señalados podrán incorporarse a los listados, a menos que manifiesten la declinación de su candidatura previo al cierre de la convocatoria o sean postuladas para un cargo o circuito judicial diverso.

Así será el orden de renovación

El Senado de la República será el encargado de publicar la convocatoria para las vacantes en el Poder Judicial (Generado con (IA).

Las Magistradas y Magistrados de la Sala Superior del TEPJF en funciones permanecerán en su encargo hasta el 2027, concluyendo en la fecha en la que se tome protesta de las candidaturas ganadoras del proceso electoral ordinario de ese mismo año. No así en 2025, donde se someterán al voto las magistraturas que no hayan sido asignadas previo a la promulgación de la Reforma Judicial.

En ambos casos los encargos durarán hasta el 2023, otorgando ocho años a quienes sean electos en 2025 y seis para las y los del 2027. Cabe señalar que ninguna persona ya en funciones podrá ser aspirante para el ejercicio electoral del 2027.

Para las magistradas y magistrados de Circuito y las Juezas y Jueces de Distrito que resulten electos en la elección del 2025 se les concederá un periodo de ocho años, venciendo su encargo en el 2033. Su elección será escalonada de tal modo que la mitad se renueve en el 2025 y la parte restante en el 2027.

Mientras que la duración de Ministras y Ministros de la SCJN también sufrió modificaciones: cuatro vacantes tendrán una duración de ocho años, terminando en 2033, y cinco más de 11 años para finalizar en el 2036. La designación de cada cargo dependerá del número de votos obtenido en las elecciones, “correspondiendo un periodo mayor a quienes alcancen mayor votación”.

¿Y qué pasará con las y los que aún no finalizan su periodo? Quienes sean electos en el 2025 ejercerán el cargo por el periodo que reste a su nombramiento original, observando lo siguiente:

  • Cuando el periodo del nombramiento concluya el mismo año en que se realice la elección federal ordinaria que corresponda, el cargo se renovará en esa elección
  • Cuando el periodo no concluya el mismo año en que se realice la elección federal ordinaria, el nombramiento se prorrogará por el tiempo adicional
La Reforma Judicial modificará los periodos de Ministras y Ministros de la SCJN

¿Cómo serán las boletas para escoger a los jueces?

Cabe mencionar que las boletas electorales incluirán (entre otros datos) el cargo de la persona candidata, la entidad federativa y, si es el caso, el circuito judicial. Además de llevar impresos los nombres completos, numerados y organizados por orden alfabético de cada aspirante, así como la especialización por materia.

Asimismo, el listado mostrará cuáles de las candidaturas corresponden a personas juzgadores en funciones que buscan continuar en el cargo. Al final el papel debe garantizar el derecho para escoger a:

  • Hasta cinco mujeres y hasta cuatro hombres para Ministras y Ministros de la SCJN.
  • Hasta tres mujeres y hasta dos hombres para Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial.
  • Hasta dos mujeres y hasta dos hombres para Magistradas y Magistrados de la Sala Superior del TEPJF.
  • Hasta dos mujeres y un hombre por cada sala del Tribunal Electoral del PJF.
  • Hasta cinco mujeres y hasta cinco hombres para Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito.

ASG

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