La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, incurrió en uso indebido de recursos públicos, violó sus deberes constitucionales de imparcialidad, neutralidad y equidad, por lo que afectó el proceso electoral del 2024 al lanzarse contra el PRI y pedir “ni un voto que no sea para Morena” en su programa Martes del Jaguar.
El magistrado Rubén Lara Patrón, quien es parte de la terna finalista que aspira a una vacante en la Sala Superior del TEPJF, presentó un proyecto que minimizaba las conductas de la gobernadora, pero fue rechazado por el resto del pleno de la Sala Regional Especializada.
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Lara Patrón sostenía que la transmisión del programa de la gobernadora eran críticas basadas en su libertad de expresión; que no había invitaciones expresas a votar por ciertas fuerzas políticas o en contra de otras, sino una invitación a la ciudadanía a vigilar la contienda; que no hace referencia alguna a candidaturas de Morena y que no se advierte que tuviera intención de intervenir en el proceso electoral.
“No hay prueba alguna de que en las tareas se haya aprovechado la investidura, labores oficiales, recursos públicos, propaganda gubernamental o cualquier otra forma de implicación del cargo público”, agregó el magistrado en su proyecto que concluyó que si los videos se transmiten en sus cuentas personales, es su opinión y libertad de expresión.
Sin embargo, tanto el magistrado presidente interino, Luis Espíndola, como el magistrado en funciones, Víctor Hugo Rojas, rechazaron el proyecto pues consideraron que existen elementos suficientes para acreditar el indebido actuar de la gobernadora.
El magistrado en funciones ante la vacante de esta Sala que el Senado no ha nombrado, destacó que sí se actualiza la vulneración a la imparcialidad y neutralidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos.
“Las expresiones denunciadas llamaron a votar pro Morena y tuvieron el propósito de desincentivar o disuadir el apoyo hacia otra opción política”.
Mientras, Espíndola Morales señaló que la frase “por eso muchachos, nosotros por lo pronto, ni un voto que no sea de Morena eh, por las dudas hay que protegernos porque la cosa se está poniendo difícil” en el programa del 25 de julio, sí es de índole electoral y puede afectar la contienda.
“Esta frase no puede ni debe leerse de manera aislada, tenemos que considerar el contexto en el que se emite, es decir, el resto de las manifestaciones que enmarcan la expresión denunciada, ene se sentido, la servidora pública, posteriormente, también hace referencia a dos diputados de esta manera”.
Mientras que el comentario de “esos diputados y el otro junto con ‘Alito’ hacen un póker de transas”, es referente a Alejandro Morena, dirigente nacional del PRI y “la gobernadora da a entender que dicha persona buscará una diputación por la vía plurinominal y con eso de contexto, la gobernadora invita entonces, a votar pro Morena”.
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Espíndola exhibió otros elementos que consideró, hacen evidente la infracción de la gobernadora.
“A lo largo de la emisión, la persona servidora pública que interviene también emite diferentes expresiones en contra de legisladores priistas y hace expresiones políticas y personales en ese sentido, por ejemplo a uno de los legisladores lo relaciona con la mentira, el escándalo, con actos de corrupción, venta y manipulación de candidaturas, dice que es veneno para el partido que dirige y que ha degradado al país.
“A esto, tenemos que añadir el inminente inicio del proceso electoral federal, lo que, al concatenarlos con todas las expresiones antes mencionadas, nos lleva a concluir que tuvieron como objetivo llamar a votar por Morena y no hacerlo pro el PRI en los comicios para renovar la Cámara de Diputados en el Congreso de la Unión”.
Y aunque el magistrado Lara Patrón consideraba que al difundirse en las redes sociales de la gobernadora morenista esto no implicaba uso indebido de recursos públicos, el magistrado presidente interino sostuvo lo contrario.
“Sí se invirtieron recursos material es y humanos para difundir el proyecto y difundirlo, además, es cierto que las cuentas de redes sociales en las que se difundió son manejadas por la gobernadora, sin embargo, se trata de páginas en las que se difunden contenidos asociados a su cargo, por lo cual, le son oponibles las mismas exigencias que impone el deber de actuar imparcialmente en el uso indebido de recursos públicos”.
Mientras, Lara Patrón insistió en que “me parece que no hay esta infracción que se está denunciando a lo que sumaría el tema del tiempo entre el programa y estas expresiones”.
Con una mayoría de votos, se rechazó la propuesta original y confirmaron que si bien son inexistente los actos anticipados de precampaña y campaña porque no se cumplen los elementos para esta falta, sí es existente la vulneración a principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos.
Por lo que ordenaron dar vista al Congreso de Campeche para que determine la sanción correspondiente a la gobernadora; y a la persona titular de Comunicación Social del gobierno estatal, para que sancione a Juan Manuel Herrera, director de servicios de Comunicación Social, por su participación en el programa y las expresiones que también emitió.
Y como en todas las sentencias de la Sala Especializada, serán inscritos en la lista de personas sancionadas en materia electoral.
IOG