Integrantes de comisiones unidas de Justicia, Salud y Estudios Legislativos, Segunda, trabajan a marchas forzadas en el dictamen para legalizar la mariguana con fines recreativo. Hasta ahora, se prevé que sólo mayores de 18 años podrán consumir cannabis, las asociaciones que decidan constituirse deberán hacerlo ante Notario Público y deberán guardar distancia de cualquier centro educativo, deportivo o denominado libre de humo de tabaco.
Este miércoles la discusión se realizará en comisiones de forma presencial, aunque fue avalado por mayoría el viernes pasado en la reunión virtual sostenida los legisladores. Por lo que, el jueves podría discutirse en el Pleno. Sin embargo, existe división entre los senadores, por lo que, se les permitirá que voten a conciencia.
De aprobarse el proyecto de dictamen, ¿Qué estaría permitido?
De acuerdo con el proyecto de dictamen, al que MILENIO tuvo acceso, y que comenzó a circular este martes entre los integrantes de las comisiones unidas se establece que quienes conformen una asociación quedará prohibido realizar en su domicilio social la venta o consumo de bebidas alcohólicas.
Para el consumo personal se podrá contar hasta con 4 plantas, las asociaciones deberán tener un lugar cerrado para poder fumar y de incumplir con las reglas, se podrá presentar una denuncia ciudadana y tendrán sanciones desde multas hasta cárcel.
Las personas podrán crear asociaciones para poder consumir mariguana y establecer un domicilio social, el cual deberá contener barreras física que impidan que personas diversas tengan contacto con el cannabis psicoactivo, deberán impedir que el humo pueda ser inhalado por diversas personas.
El artículo 64 establece que para preservar la salud de personas fumadoras pasivas o expuestas al humo de segunda mano de los productos de cannabis psicoactivo, se concede acción para formular denuncia ciudadana ante el Instituto Mexicano para la Regulación y el Control del Cannabis y se plantean modificaciones al Código Penal. El consumo personal se incrementaría de 2 a 28 gramos.
Los productos del cannabis psicoactivo y sus derivados que sean puestos a la venta para uso adulto, deberán contar con un etiquetado en el 50 por ciento de la superficie. Queda prohibida la venta de productos elaborados a base del cannabis psicoactivo o sus derivados por medio de exhibidores que permitan el autoservicio, así como a través de internet, correo, teléfono o cualquier otro medio semejante que impida la verificación personal.
jlmr