Reforma al artículo 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor incorpora la definición jurídica de garantía

Buscan proteger al consumidor cuando un objeto adquirido sufre un daño.

La propuesta fue presentada por la senadora Olga Sosa Ruiz. | Especial
México /

El pleno del Senado de la República aprobó, de manera unánime, el dictamen de la iniciativa de la senadora Olga Sosa Ruiz, que tiene por propósito establecer reglas para proveedores a fin de asegurar el cumplimiento de plazos de 90 días naturales en garantías para reparar y proteger derechos de las personas consumidoras, brindándoles certidumbre.

Olga Sosa Ruiz recalcó que esta reforma tiene el propósito de incorporar la definición de garantía para evitar ambigüedades. 

Cabe señalar que la garantía se explica como obligación expresada en la póliza por la cual una persona proveedora, o un tercero, se compromete durante un plazo determinado a reparar o responder por defectos de piezas, materiales o algún otro que afecte el debido funcionamiento del servicio.

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¿En qué beneficia a los compradores? 

Este dictamen busca dar solución a la incertidumbre e indeterminación en la que viven los consumidores cuando un objeto adquirido sufre un daño y requiere de una pronta reparación; el dictamen establece plazos establecidos y un tratamiento específico para los distintos bienes y servicios, con el objetivo de proteger al consumidor frente al acto de reclamación.

Durante la presentación del dictamen, se recordó que en 2024 hubo 90 mil quejas en Profeco, sobre todo de electrodomésticos, telefonía celular y productos del hogar, en su mayoría resultaron favorables para los consumidores.

La presidenta de la comisión de Defensa del Consumidor, Cynthia López Castro señaló: “podría parecer que es un dictamen técnico, pero va a cambiar la vida de millones de personas en el tema de protección efectiva de las garantías y bienes y servicios”
Dicha presidenta también reconoció el trabajo “que hizo la compañera senadora Olga Patricia Sosa, de Tamaulipas, porque reforma el artículo 78, que obliga a que la póliza de garantía incluya un plazo específico que tiene el proveedor para cumplir la obligación de reparación”. 

La senadora también especificó que esta reforma, desincentiva prácticas que dañan al mercado y a la competencia leal.

Postura de otros senadores 

Por su parte, el senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara, presidente de la comisión de Estudios Legislativo Primera, sostuvo que “cuando algo falla, la diferencia entre una buena garantía y una letra chiquita engañosa puede significar el ahorro de una familia o el deterioro de su patrimonio.”
Sostuvo que la reforma tiene un nivel de impacto muy fuerte, porque además de las garantías, con el humanismo mexicano se ha incrementado la capacidad de circulante que garantiza capacidad de consumo del pueblo, “por eso es la importancia de esta reforma a la ley que se ha propuesto, poniendo por delante el centro, el interés de las personas, especialmente de quienes menos tienen”. 

Los derechos de los consumidores es coherente con la visión de justicia social y de economía al servicio del pueblo.

RM

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