Tras su aprobación por los diputados locales el pasado 31 de marzo, el gobernador del estado Omar Fayad Meneses publicó este lunes en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) la Ley de Protección a Denunciantes y Testigos de Hechos de Corrupción, sin embargo entrará en vigor a partir del 2022, una vez que se cuente con los recursos económicos para su aplicación.
Los artículos transitorios establecen que la Ley entrará en vigor el 01 enero del año 2022 a efecto de que se consideren recursos dentro del presupuesto de Egresos correspondiente.
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Además las medidas de protección contenidas en la Ley serán aplicables respecto de los Procedimientos Administrativos de Responsabilidad iniciados con antelación a la entrada en vigor de la misma siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.
Los artículos transitorios también establecen que el titular del Poder Ejecutivo expedirá el Reglamento de la Ley en un término de 90 días contados a partir de la entrada en vigor.
La iniciativa de Ley fue presentada por el gobernador al Congreso del estado el pasado 1 de marzo, el día 31 del mismo mes fue aprobada por los diputados locales con 24 votos a favor y uno en contra, 19 días después se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo y entrará en vigor a partir de enero del próximo año.
¿Cómo esta ley protege a denunciantes y testigos de hechos de corrupción?
La Ley de Protección a Denunciantes y Testigos de Hechos de Corrupción tiene por objeto establecer las medidas de protección a testigos, denunciantes y a toda aquella persona que aporte información sensible en un proceso de denuncia e investigación de posibles hechos de corrupción en materia administrativa.
Además de proteger la integridad de las personas que rinden declaración testimonial o información por posibles hechos de corrupción relacionados con faltas administrativas; y determinar, erradicar y controlar a través de los órganos internos de control los factores de riesgo de las personas que aportan información sensible para la denuncia e investigación de posibles hechos de corrupción.
La Ley establece que las medidas de protección podrán extenderse a familiares del denunciante hasta tercer grado por consanguinidad o parientes por afinidad así como a las personas con las que tenga lazos de amistad o relación estrecha.
Son sujetos de la Ley los servidores públicos, las personas físicas, las personas morales, aquellas personas que aporten información sensible relacionada con posibles hechos de corrupción y los familiares del sujeto de protección hasta tercer grado por consanguinidad o afinidad.
La Secretaría de Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, el Tribunal de Justicia Administrativa del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo y los Órganos Internos de Control serán las autoridades facultadas para aplicarla.
La ley establece dos medidas de protección: una para servidores públicos y la otra para personas físicas. El denunciante, testigo o cualquier persona que aporte información sensible sobre posibles hechos de corrupción y que se encuentre en situación de riesgo producto de represalias tiene derecho a medidas de protección en los términos señalados en la Ley, las cuales podrán ser otorgadas por las autoridades facultadas.