Ley de Víctimas para el Estado de Hidalgo entra hoy en vigor

Con ello el Poder Ejecutivo deberá expedir el Reglamento, emitir la convocatoria para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas además de constituirse el Sistema Estatal de Atención a Víctimas.

Ley de Víctimas entró en vigor este 2 de septiembre.
Alejandro Reyes
Pachuca /

A partir de este jueves 2 de septiembre entró en vigor la Ley de Víctimas para el Estado de Hidalgo y se abrogó la Ley de Atención, Asistencia y Protección a Víctimas de Delitos y Violaciones a Derechos Humanos.

Con ello el Poder Ejecutivo deberá expedir el Reglamento, emitir la convocatoria para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas además de constituirse el Sistema Estatal de Atención a Víctimas.

Los artículos transitorios de la Ley establecen que la persona titular del Poder Ejecutivo del estado de Hidalgo dentro de los 180 días hábiles siguientes a la fecha en que el Decreto entre en vigor, deberá expedir el respectivo Reglamento.

La persona Titular del Ejecutivo, dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del Decreto, emitirá una convocatoria pública a la que podrán inscribirse las personas que consideren cumplen con las condiciones para ser titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, enviando en tiempo y firma la respectiva terna al Congreso del estado y previendo las medidas presupuestales necesarias para que una vez designada la persona titular inicie sus funciones; mismo término en el que la Junta de Gobierno de la Comisión deberá expedir su estatuto orgánico.

En tanto, el Sistema Estatal de Atención a Víctimas deberá constituirse dentro de los 30 días hábiles siguientes a partir de la designación de la persona titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Los artículos transitorios también establecen que la persona titular del Ejecutivo del estado de Hidalgo deberá prever lo necesario a afecto de que, dentro de los 90 días siguientes a la designación de la persona titular de la Comisión Ejecutiva, se disponga de los recursos necesarios para asignar los fondos que integrarán el Recurso de Ayuda.

Objeto de la Ley

El pasado 19 de julio, los diputados locales aprobaron con 28 votos a favor la Ley de Víctimas para el Estado de Hidalgo, la cual cuenta con 174 artículos y nueve títulos.

Con la Ley se crea la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas misma que creará el Registro Estatal de Víctimas, el Sistema de Atención Integral a Víctimas y el Recurso de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Daño.

La Ley tiene como objeto reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral del daño, debida diligencia y todos los demás derechos consagrados en ella, en la Constitución, los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por México y la Constitución Política del estado de Hidalgo.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas tendrá por objeto garantizar, promover y proteger los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial los derechos a la asistencia, a la protección, a la atención, a la verdad, a la justicia, a la reparación integral del daño y a la debida diligencia.

En tanto, el Sistema de Atención Integral a Víctimas será la instancia superior de coordinación y formulación de políticas públicas que se implementen para la protección, ayuda, asistencia, atención, acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral del daño a las víctimas en el ámbito local y municipal.

Mientras que el Recurso de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Daño o fondo estatal, comprende los recursos ayuda, asistencia y reparación integral del daño que destina el Estado a favor de las víctimas, y tiene por objeto brindar los Recursos de Ayuda y la reparación integral del daño por un hecho victimizante, siguiendo criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y rendición de cuentas.

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