Corte confirma fallo sobre custodia de niña tras divorcio de pareja homosexual

La Corte confirmó la custodia de la menor a quien no es su madre biológica, luego de que la otra mujer apelará el fallo judicial con el argumento del lazo sanguíneo que tiene con la menor.

El máximo tribunal del país confirmó la custodia de una niña a quien no es su madre biológica / Shutterstock
José Antonio Belmont
México /

Por primera vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un caso sobre la custodia de una menor concebida mediante un tratamiento de inseminación artificial por una pareja de dos mujeres que se divorciaron.

De acuerdo con el asunto, en primera instancia, un fallo judicial otorgó la custodia de la menor a quien no es su madre biológica, resolución que la otra mujer apeló en un amparo con el argumento del lazo sanguíneo que tiene con la menor.

Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala del máximo tribunal del país determinó que, al igual que cuando se divorcia una pareja constituida entre un hombre y una mujer, el factor de la maternidad no debe ser determinante para otorgar la custodia de los hijos en común.

En este caso ambas mujeres estuvieron de acuerdo en recurrir a la reproducción asistida para concebir a la menor, y por lo tanto, existe una comaternidad, que le da igualdad de derechos.

“No resulta válido que la quejosa argumente que la custodia se le debió haber concedido a ella, por el hecho de ser la madre biológica de la citada menor, pues como ya se vio, en la comaternidad, no es el lazo biológico lo que determina la filiación con una de las madres, sino la voluntad procreacional”, detalla el fallo.

Así, la Primera Sala de la Corte, a propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, resolvió que el lazo biológico con una de las madres es insuficiente para determinar la guarda y custodia de un menor, pues en todos los casos se debe privilegiar el interés superior de la infancia.

​bgpa

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