Agrupación LIBRES solicita al Senado declarar desaparición de poderes en Sinaloa

El argumento deriva de los presuntos nexos que el gobernador Rubén Rocha Moya sostiene con el grupo delictivo Los Chapitos.

Se menciona que el Senado puede designar a una persona titular provisional del Poder Ejecutivo estatal. | Foto: Ariel Ojeda
Silvia Arellano y
Ciudad de México /

La agrupación política nacional LIBRES presentó ante la Comisión Permanente una solicitud formal para que el Senado analice la eventual desaparición de poderes en Sinaloa.

Argumentaron que existen condiciones constitucionales para activar la facultad prevista en el artículo 76 de la Constitución por los presuntos nexos de Rubén Rocha Moya, gobernador con licencia, con “Los Chapitos”, y las acusaciones que le imputó Estados Unidos de narcotráfico y tráfico de armas.

Reconocimiento de ruptura existente

El documento, fechado el 13 de mayo de 2026 y dirigido a la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo Juárez, así como a integrantes de la Comisión Permanente, fue promovido por Liliana Nayelli Gallardo Limón, consejera jurídica y representante del Comité Ejecutivo Nacional de LIBRES Agrupación Política Nacional.

En el texto, la organización señala que el artículo 76, fracción V, de la Constitución faculta al Senado para declarar la desaparición de poderes cuando se configure una ausencia material o funcional de los órganos constitucionales de un estado.

Indica que dicha atribución no implica que el Senado “desaparezca” directamente los poderes locales, sino que reconoce jurídicamente una situación de ruptura institucional ya existente.

“La facultad es declarativa y no constitutiva”, señala el texto, al argumentar que el mecanismo forma parte del esquema constitucional de “intervención federal” para preservar el orden constitucional y la gobernabilidad en las entidades federativas.

¿Cómo se designaría al próximo gobernador?

Se menciona que, una vez emitida la declaratoria, el Senado puede designar a una persona titular provisional del Poder Ejecutivo estatal, quien tendría la responsabilidad de convocar a nuevas elecciones conforme a las leyes locales.

Se indica que la Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 establece supuestos específicos para configurar la desaparición de poderes, particularmente cuando los titulares de los poderes constitucionales de una entidad incurren en conductas que imposibilitan el funcionamiento institucional.

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ksh

  • Liliana Padilla
  • Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Dedicada al periodismo desde hace 20 años, 18 de ellos en Milenio. Reportera especializada en temas políticos y de seguridad. Me especializo en reportear la caza de delincuentes, los efectos de las drogas en la comunidad y recientemente redadas de migrantes. Me gusta contar historias sobre la relación México-Estados Unidos. Viví y estudié en China algunos meses.

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