El comisionado de Búsqueda de Personas del Estado de Hidalgo, Francisco García Reyes, informó que entre enero y agosto de este año se han localizado a 310 personas desaparecidas.
Pidió a los familiares no esperar tiempo al momento de la desaparición de un ser querido pues apuntó que en ocasiones ocurre en suceso por la mañana y lo reportan a la Comisión hasta la noche.
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas señala que la búsqueda de personas debe hacerse de manera inmediata y precia que las autoridades que reciban la Denuncia, el Reporte o Noticia deberán implementar, inmediatamente, las acciones de búsqueda que les correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el protocolo correspondiente.
La Ley establece que la Comisión Nacional de Búsqueda o la Comisión Local de Búsqueda correspondiente debe instrumentar acciones de búsqueda inmediatamente, conforme al Protocolo Homologado de Búsqueda, el cual incluirá, entre otros, el cruce de la información ingresada al Registro Nacional con los registros o bases de datos locales.
¿Qué se necesita para que los familiares inicien una ficha de búsqueda?
Francisco García apuntó: “se requiere que la persona tenga información de su familiar, la mayor que se pueda, una foto, que esa foto no esté editada, que no tenga ningún tipo de filtro porque luego nos ponen una foto donde no corresponde a la persona que se busca”. Llamó a las personas a poner atención cómo es que salió vestido su familiar al momento de su desaparición, “porque a veces nos dan información que no corresponde a la realidad y nos complica”.
El comisionado mencionó que los municipios con el mayor número de casos de personas desaparecidas son Pachuca, Mineral de la Reforma, Tulancingo, Tizayuca y Tula de Allende.
Para el reporte de personas desaparecidas Hidalgo cuenta con la Comisión de Búsqueda de Personas del estado y la Fiscalía de Delitos de Desaparición de Personas de la Procuraduría General de Justicia del estado.
La Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Hidalgo señala que cualquier persona puede solicitar la búsqueda de una persona desaparecida mediante: noticia, reporte o denuncia. La noticia, el reporte o la denuncia pueden realizarse de forma anónima, tratándose de denuncia no será necesaria su ratificación. La búsqueda y la investigación se llevarán a cabo sin dilación.
El reporte puede realizarse las 24 horas del día, todos los días del año, mediante cualquiera de los medios siguientes: telefónico, a través del número único estatal habilitado para tal efecto; medios digitales; y presencial, ante la Comisión de Búsqueda de Personas, la Fiscalía Especializada o cualquier Agencia del Ministerio Público, en el caso que sea ante esta última se deberá dar aviso inmediato a las dos primeras y remitirle la carpeta de investigación correspondiente a la brevedad.