Lorena Piñón, ¿quién es la candidata a dirigir el PRI?

Cambio de dirigencia en el PRI

Lorena Piñón llegó hasta el Tribunal Electoral para defender su militancia y el derecho a buscar la dirigencia nacional del partido.

Lorena Piñón peleó ante tribunales su derecho a competir por la dirigencia nacional del PRI/Cuartoscuro.
Ciudad de México /

Lorena Piñón es originaria de San Rafael, Veracruz, y licenciada en Derecho por la Universidad Veracruzana.

De acuerdo con su perfil de LinkedIn, Lorena Piñón también hizo estudios en la Universidad Anáhuac de Xalapa y en el Centro de Estudios Avanzados de las Américas.

Como militante del PRI, la aspirante a la dirigencia nacional del partido se desempeñó como secretaria estatal de Mujeres Jóvenes y secretaria adjunta de la dirigencia estatal durante el sexenio anterior.

Fue directora estatal del Instituto de la Juventud Veracruzana durante la primera parte de la administración del ex gobernador Javier Duarte y delegada estatal de la Secretaría de Relaciones Exteriores durante un año y medio.

En su cuenta de Twitter, Lorena Piñón se describe como "Hija de Dios y abogada" y asegura que "no hay política más poderosa que la de servir a México".

Lorena Piñón fue expulsada del partido y su candidatura a la dirigencia nacional quedó cancelada luego de la resolución de la Comisión Nacional de Procesos Internos que determinó que Piñón aceptó ser postulada por el PAN como candidata a diputada local. Sin embargo, la priista no figura en el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del PAN que designó de manera directa a los candidatos al congreso local.

Piñón Rivera interpuso un recurso de protección a los derechos político electorales ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que revocó la resolución de la Comisión Nacional de Procesos Internos y le restituyó sus derechos como militante.

La Sala Superior del TEPJF consideró extemporáneas las denuncias presentadas contra la aspirante por intentar ser candidata del PAN en Veracruz porque, de acuerdo con el artículo 151 del Código de Justicia Partidaria del PRI, no puede solicitarse la imposición de las sanciones después de que transcurran 365 días naturales luego de que ocurrió la falta o de que se tuvo conocimiento de la misma.

… y del supuesto coqueteo entre Lorena Piñón y Acción Nacional pasaron más de tres años.

OVM

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