Magistrado propondrá detener encuesta para renovar dirigencia de Morena

Felipe Fuentes Barrera da la razón a impugnaciones y concluye que el INE ha cometido inconsistencias, errores y omisiones que no se ajusta a principios constitucionales; propone retomar el proceso en 2021.

Felipe Fuentes Barrera, magistrado presidente del TEPJF. (Cuartoscuro/Archivo)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El magistrado presidente Felipe Fuentes Barrera propondrá a la Sala Superior del Tribunal Electoral posponer la renovación de la presidencia y secretaría general de Morena por la serie de “inconsistencias, errores y omisiones” que el Instituto Nacional Electoral ha cometido en el proceso, y retomen la encuesta hasta después de las elecciones de 2021.

De acuerdo con el proyecto, del que MILENIO tiene una copia, el magistrado propone “revocar el proceso de renovación de dirigencias en el partido a través del método de encuesta llevado a cabo por el INE y se pospone la renovación de presidencia y secretaría general del CEN, en los términos y para los efectos previstos en esta decisión”.

El documento de 64 páginas da respuesta a 14 impugnaciones interpuestas al proceso de renovación entre las que destacan las de Gibrán Ramírez y las interpuestas por el propio partido Morena con Alfonso Ramírez Cuéllar a la cabeza, principalmente en contra de la encuesta de reconocimiento que llevó a que en estos momentos cinco personas pudieran llegar a la etapa final para la dirigencia y 13 para la secretaría.

El magistrado presidente de la Sala Superior, Fuentes Barrera otorga una prórroga implícita a los actuales integrantes del Comité Ejecutivo Nacional de Morena para que permanezcan en el cargo y retomen la encuesta para hacer la renovación de sus dirigencias luego del proceso electoral del 2021, tal como lo había solicitado Ramírez Cuéllar en impugnaciones anteriores.

Los argumentos destacan que “los lineamientos y la convocatoria para llevar a cabo la encuesta organizada por el INE han tenido una serie de inconsistencias, errores y omisiones que violentan el principio de certeza y no garantizan condiciones de equidad para las y los militantes que participan en la encuesta. Lo que ha dificultado llevar a cabo el cumplimiento de lo mandatado por esta sentencia en los tiempos para ello previsto”, por lo que “no existen condiciones para continuar con el proceso de renovación, por lo tanto, se pospone la realización de la encuesta abierta, hasta en tanto concluya el proceso electoral 2020-2021”.

Detalla que surgieron una serie de impugnaciones luego de que el INE solicitó una prórroga y entregó un nuevo cronograma de actividades que no cumplía con los 45 días mandatados por el TEPJF, lo que “resulta una afectación mayor a los derechos de los simpatizantes, la militancia y la ciudadanía en general, el continuar con este periodo de renovación” al haber comenzado el proceso electoral, debido a que “el partido está inmerso en un proceso en el que se tiene que definir candidaturas, estrategia electoral, legitimidad en el actuar del partido político, y que sus candidaturas se encuentren en igualdad de condiciones frente a las que los demás partidos políticos”.

El proyecto detalla varias inconsistencias y errores en las que el INE ha incurrido, con lo que le da la razón a las quejas de Gibrán Ramírez, quien argumenta que se trata de un proceso poco confiable.

Por ejemplo, la sentencia acusa que los mecanismos previstos por el INE no garantizan el pleno ejercicio de los derechos de los simpatizantes y militantes; que el INE no cumplió con las exigencias de un proceso ajustado a los principios constitucionales y democráticos.

No cuenta con el mínimo de normas que aseguren un proceso verificable, fidedigno y confiable; quienes participan actualmente en el proceso de elección de dirigencia no cuentan con reglas claras que les permitan competir en igualdad de condiciones con los demás participantes; inequidades o ventajas en quienes ocupan cargo público aunque no puedan hacer uso del mismo o de los recursos a que tienen acceso; en materia de medios de comunicación los participantes no están sujetos a las reglas aplicables a precandidatos, candidatos y partidos políticos.


“No se garantiza si el dinero que se emplea en la contienda proviene de fuentes lícitas o de las prohibidas constitucionalmente, como tampoco existe un mecanismos que permita que el partido político o la autoridad responsable verifique el origen o destino de los recursos empleados por los participantes”.

También acusa que el método de encuesta aplicado carece de controles de revisión, no guarda armonía con los principios constitucionales, carece de un carácter democrático, fue indebido atribuir su operatividad a casas encuestadoras, pues se formuló como un ejercicio de medición de aceptación o popularidad y existen incoherencias significativas en la encuesta de reconocimiento”.

Otro de los puntos por lo que propone detener el proceso es porque no existió una regla clara para definir el desempate en la encuesta de reconocimiento, pues al darse los resultados, se consideró en el caso de la dirigencia considerar solo a los dos primeros lugares y descartar los empates siguientes; mientras que para la secretaría se consideraron ocho empates en mujeres.

Razones por las que el magistrado presidente concluye que “Morena dé cumplimiento al proceso de renovación de la dirigencia del partido político a través de la encuesta ordenada por este órgano jurisdiccional, una vez concluido el proceso electoral”.

Al respecto, Mario Delgado acusó que el proyecto es resultado de "presiones externas para evitar que la gente decida en nuestro movimiento".


RLO

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