El magistrado Felipe de la Mata Pizaña propuso declarar que el informe sobre elecciones de la CNDH carece de validez, invade atribuciones exclusivas del INE y del Tribunal Electoral, genera incertidumbre y pone en duda la certeza de la contienda, afecta a personas al imputarles posibles delitos y provoca una percepción pública errónea.
El proyecto de 37 páginas que el magistrado hizo público concluye que el ‘Primer informe sobre violencia política’ publicado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que encabeza Rosario Piedra, carece de validez y efectos jurídicos, pues no tiene atribuciones para conocer de asuntos en materia electoral ni de manera directa ni indirecta.
En los requerimientos que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación hizo a la CNDH ante la denuncia presentada por el PAN, la Comisión alegó que este informe se basaba en la defensa al “derecho a la democracia”, lo que el magistrado concluyó que “contrariamente a lo manifestado por la CNHD, la alusión general a ese derecho no permite justificar la autoadscripción de competencias en materia electoral”.
Por lo que propone declarar “inválido y sin efecto jurídico alguno el mecanismo de seguimiento a las campañas establecido por la CNDH y todos los actos derivados del mismo que incidan en la materia electoral; se deja sin efecto el ‘Primer informe sobre violencia política’ en lo que corresponde a la materia electoral.
“Y ordenar a la CNDH el retiro de su página oficial del ‘Primer informe sobre violencia política’, así como toda la actividad de difusión o propaganda relacionada con dicho informe o con el mecanismo institucional de seguimiento a las campañas electorales en lo que es materia electoral”.
El PAN denunció falta de atribuciones de la CNDH para analizar, regular y vigilar procesos electorales, así como su indebida intervención en el proceso electoral actual.
El magistrado expone que dicho mecanismo establece un “Escalómetro de violencia política” a partir del cual, se señala que se construirá un “registro institucional” que, entre otras cosas, “dará seguimiento a las campañas, a los discursos de las y los candidatos, las plataformas y propuestas, spots y propaganda, y a los eventos, así como a las noticias y opiniones emitidas en medios de comunicación y redes sociales.
"Esto, con el objeto de identificar las diversas manifestaciones que puedan poner en riesgo el ejercicio del derecho de la democracia, para emitir ‘alertas preventivas’ que eviten que se consumen o se reportan, e incidan negativamente en el proceso electoral 2024".
De la Mata Pizaña concluye que es “un mecanismos distinto y ajeno a los procedimientos de las autoridades electorales competentes para organizar, supervisar y calificar la elección” por lo que no puede tener validez.
También enlista todas las afirmaciones, comentarios y acusaciones que se hacen en el informe, que generan un daño a la contienda electoral por estar basadas en normas paralelas a las verdaderamente vigentes, válidas y establecidas en las leyes electorales.
“El informe hace afirmaciones que presumen conductas irregulares de diferentes sujetos y medios de comunicación; se alude a ‘algunos actores’ que tienen una estrategia electoral para generar ‘un escenario de polarización’; que existe una campaña de desprestigio contra el presidente; descalifica a medios de comunicación. Y hace señalamientos sobre la campaña de la candidata de la coalición Fuerza y Corazón por México, así como a actos de acoso contra la candidata Claudia Sheinbaum.
“Se individualizan conductas y elementos de responsabilidad que por sus consecuencias inciden en las campañas, lo que genera el riesgo de afectación a los principios que rigen la materia electoral como son la certeza, objetividad, imparcialidad y neutralidad”.
El magistrado agrega que “la conformación de ‘juicios paralelos’ o ‘alternos’ generan incertidumbre sobre los procedimientos y las autoridades competentes para calificar como irregulares conductas en la materia electoral y afectan la esfera individual de las personas identificadas como responsables de conductas ilícitas, al exponerlos unilateral y públicamente, sin mediar procedimiento alguno que garantice sus derechos de defensa y de audiencia, y las reglas mínimas del debido proceso.
“Tales actos, además, trascienden la esfera individual de las personas señaladas como responsables, y pueden generar una percepción pública objetiva de la existencia de graves irregularidades (como son los delitos de odio o violencia política), por lo que no se trata de meras recomendaciones”.
El proyecto concluye que todas las autoridades del Estado mexicano tienen deberes para salvaguardar la integridad de las elecciones, lo que incluye a los órganos constitucionales autónomos como la CNDH.
Esta propuesta se someterá a votación en la sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el próximo miércoles.
LG