Propone magistrado Vargas frenar investigaciones contra Pío López Obrador

José Luis Vargas Valdez sostiene que el INE ni siquiera debió admitir las denuncias, pues la ley no es retroactiva y la vigente en 2015 indicaba tres años para investigar.

El magistrado Vargas finalmente propondrá que no se investigue al hermano del presidente(Cuartoscuro)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

Por considerar que los presuntos delitos ya prescribieron, el magistrado José Luis Vargas propondrá revocar la admisión de todas las denuncias, así como el inicio de un procedimiento administrativo, en contra de Pío López Obrador, David León o Morena, por los videos en los que aparece recibiendo bolsas aparentemente con dinero en efectivo en 2015.

MILENIO obtuvo una copia del proyecto en el que el magistrado Vargas le da la razón a Pío López Obrador y su defensa, al considerar que la ley no es retroactiva y se debe aplicar la que estaba vigente al momento de cometerse los actos denunciados, que en este caso, indica que los delitos electorales prescriben tres años después.

Por lo que si se cometieron en el 2015 y las demandas se presentaron hasta 2020, el Instituto Nacional Electoral ni siquiera debió admitirlas.

La propuesta que Vargas Valdez someterá a votación en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación este miércoles, explica que la ley vigente del 2014, establecía claramente que los procedimientos administrativos sancionadores, serían improcedentes cuando la denuncia fuera presentada después de los tres años siguientes a la fecha en que se hayan suscitado los hechos que se denuncian.

Por lo que concluye que ésa es la normativa que debe regir este asunto, pues de lo contrario, “la aplicación de la norma posterior resultaría violatoria de los principios de certeza y seguridad jurídica”.

El proyecto sostiene que “si los supuestos hechos acontecieron en 2015, en el mejor de los casos para el cómputo del plazo de tres años para que operara la prescripción de la facultad de la autoridad administrativa para perseguirlas y, eventualmente, sancionarlas, comenzó a transcurrir, en el mejor de los casos, del primero de enero de 2016 y concluyó el 31 de diciembre de 2018”.

Y agrega que “resulta evidente que la facultad de la autoridad administrativa electoral para iniciarlos ya había prescrito, toda vez que el plazo de tres años había transcurrido en exceso”.

Vargas sostiene que “no se advierte la existencia de otra prueba”, más allá de los videos difundidos por un medio de comunicación, que indican como fecha de grabación 16 de junio de 2015 y que además, la defensa considera pruebas ilícitas por tratarse de una violación a la privacidad de los implicados al ser grabados sin su consentimiento.

Por lo que propone revocar la admisión de las denuncias y el inicio de los procedimientos administrativos sancionadores del Instituto Nacional Electoral, en los que se señale a Morena, Pío López Obrador y David León.

Fue el 25 de noviembre de 2020, cuando el magistrado Indalfer Infante propuso desechar la queja de Pío López Obrador y permitir al INE seguir investigando, sin embargo, por mayoría de votos, rechazaron el desechamiento para que se estudiara a fondo si procedían o no la indagatoria.

El 12 de mayo, por duplicidad, la Sala Superior desechó una nueva impugnación para que únicamente se siguiera el estudio de la queja de noviembre y este miércoles, 10 meses y 11 días después, el magistrado Vargas finalmente propondrá que no se investigue al hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador por haber recibido dinero en efectivo para favorecer a Morena, por parte de David León, entonces asesor del gobierno de Chiapas encabezado por el Partido Verde Ecologista de México.

JLMR

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