Ministro de la Corte propone negar amparo a líder de la CNTE

Eduardo Medina Mora presentará un proyecto que permite a Hacienda congelar de manera directa las operaciones y servicios de personas y empresas señaladas como probables lavadores de dinero

Rubén Mosso
México /

El ministro Eduardo Medina Mora presentará esta semana un proyecto de sentencia que propone avalar el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, el cual permite a la Secretaría de Hacienda congelar de manera directa las operaciones y servicios de personas y empresas señaladas como probables responsables de delitos de lavado de dinero.

En octubre pasado, el tema fue abordado por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que declaró inconstitucional el citado precepto, por considerar que viola los principios de inocencia y garantía de audiencia, porque es facultad del Ministerio Público de la Federación investigar los casos detectados por las autoridades hacendarias.

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Medina Mora someterá a votación de la segunda sala su propuesta, la cual tiene que ver con el amparo de revisión que interpuso Claudio Felipe Mendoza García, secretario técnico del Comité Administrador de Préstamos Personales (CAPP) de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), adherida a la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).

En caso de que la segunda sala avale el proyecto de Medina Mora, se generará una contradicción de criterios, y el caso tendrá que ser llevado a discusión al pleno de la Corte para que determine qué postura debe prevalecer.

Mendoza García, es originario de Santiago Pinotepa Nacional, Oaxaca, y es titular de la cuenta bancaria 5665583270-5 en Banco Santander, la cual tuvo que ser congelada por orden de Hacienda el 20 de julio de 2015, por presuntos delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

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Casi un año después del congelamiento, Claudio Felipe fue señalado por la Procuraduría General de la República de formar parte del grupo de personas que supuestamente lavó 132 millones de pesos entre 2013 y 2015, cuando Rubén Núñez Ginez, líder de la disidencia controló el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO).

En junio de 2016, Gilberto Higuera Bernal, subprocurador de Control Regional y Procedimientos Penales de la PGR, declaró que en una de las cuentas de Santander, bajo la denominación "Sección 22 Oaxaca CAPP", con terminación 942, cuyos titulares son Rubén Núñez y Claudio Felipe Mendoza García, se recibieron 52 operaciones de depósito por 45 millones 290 mil pesos, y se realizaron, con el mismo mecanismo, 3 mil 841 operaciones de retiro por una cantidad equivalente.

MINISTRO

En el proyecto de sentencia, Medina Mora propone negar el amparo al quejoso, bajo el argumento de que el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, prevé un acto de molestia y no privativo. Asimismo, deja en manos de un Tribunal Colegiado para que continúe con el desahogo del asunto.

"Se trata de una suspensión de actos, operaciones o servicios de entidades bancarias y, por tanto, es claro que se trata de una medida de carácter temporal o provisional. En efecto, mediante el mecanismo previsto en el artículo reclamado, no se confiscan las cuentas bancarias, sino que únicamente se suspende de manera provisional la realización de operaciones, lo cual implica que nos encontramos frente a un acto de molestia", menciona la propuesta.

El ministro puntualizó que el bloqueo de cuentas consiste en una medida preventiva, por lo que no existe como tal una privación de derechos, en tanto los fondos que contienen las cuentas no son confiscados, sino que únicamente se suspende la realización de cualquier acto, operación o servicio. Y mucho menos se le da un trato de culpable a las personas.

"El bloqueo de cuentas no es indefinido, pues ante dicha situación, el cliente o usuario puede comparecer dentro de los diez días hábiles siguientes para presentar pruebas y alegatos ante el Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, mismo que contará con otros diez días hábiles para emitir una resolución, que incluso puede implicar la eliminación de la persona de la citada lisita de bloqueo", indica la propuesta.


jbh

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