El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena concluyó que la Sala Superior no tiene legitimación alguna para solicitar que él, la ministra presidenta Norma Piña y otros dos ministros se excusen de votar las resoluciones contrarias entre jueces de distrito y el Tribunal Electoral, además de que sus acusaciones están fuera de lo que en realidad se va a resolver.
MILENIO tiene una copia de la actualización del proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena que la Suprema Corte de Justicia de la Nación prevé votar este jueves, en el que declara “inatendibles”, “inoperantes” y “fuera de Litis” las exigencias del bloque mayoritario del Tribunal Electoral, sobre la recusación de la ministra presidenta y otros tres ministros, por supuesta pérdida de imparcialidad.
El nuevo proyecto deja intactos cada uno de los adjetivos y descalificativos en contra de las sentencias emitidas por el bloque mayoritario de la Sala Superior, como que se tratan de una “aberración”, de una “ambición” por estar por encima del derecho y que son meramente la “opinión de una mayoría”.
Sólo agrega un nuevo apartado para pronunciarse sobre la exigencia de que no voten el asunto el propio ponente, así como la ministra Norma Piña y los ministros Javier Laynez Potisek y Jorge Mario Pardo Rebolledo.
El ministro Gutiérrez Ortiz Mena recuerda que la Sala Superior no es una parte demandada, por lo que no tiene una afectación en su contra, sino que e asunto se trata de garantizar que no haya contradicciones dentro del sistema judicial.
“Los conflictos que se resuelven no son juicios en donde un órgano del Estado impugna las actuaciones del otro y en donde tengamos una parte actora y una demandad. La Sala Superior no es un órgano demandado y no estamos adjudicando una pretensión litigiosa en su contra.
“No se está debatiendo ningún aspecto sobre su presupuesto o integración, por lo que esta sentencia no tiene la capacidad de afectarla como órgano del Poder Judicial. Por lo tanto, la Sala Superior no tiene garantía de audiencia”.
El ministro le explica a la Sala Superior de qué se trata una controversia por una facultad de atracción para resolver un conflicto interno del Poder Judicial, y que además, es insistente en que las acusaciones del TEPJF contra los ministros es por sus pronunciamientos contra la reforma judicial, lo que no se debatirá en este caso.
“Se trata de la facultad y responsabilidad de este pleno de garantizar el funcionamiento del sistema judicial. Aún cuando se estimara que la Sala Superior tiene legitimación para hacer estos planteamientos, los mismos son inoperantes, pues toda la argumentación de la Sala Superior se concentra en demostrar que la ministra y tres ministros señalados han mostrado una animadversión frente a la reforma judicial.
“Sin embargo, el caso presente no se trata de la reforma judicial. La Litis es estrictamente interna al Poder Judicial y no implica ningún pronunciamiento sobre la invalidez o validez de la reforma judicial”.
Y respecto a que la Sala Superior “sostiene que estos ministros mostraron cierta hostilidad hacia la Sala Superior” declara inoperantes las acusaciones.
El ministro también aborda las acusaciones en su contra y considera que tampoco son atendibles, pues el tono de su proyecto no cae en ninguna irregularidad.
“Sobre la tonalidad e la sentencia, el argumento es circular, pretende que se impida a un ministro conocer de un asunto por los términos en que dicho ministro propuso que se resolviera el asunto”.
Por lo que se prevé que el pleno completo de la Suprema Corte participe en la votación este jueves, sin atender las exigencias del TEPJF, lo que podría escalar en el conflicto interno en el Poder Judicial de declarar que sus sentencias no son aplicables para invalidar las suspensiones contra la elección judicial.