Ministros de la SCJN avalarán leyes impulsadas por López Obrador; serán discutidas el ‘Día de Reyes’ del 2026

Los asuntos están en manos de la ministra Loretta Ortiz Ahfl y del ministro Irving Espinosa Betanzo.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que es encabezado por Hugo Aguilar Ortiz | Cuartoscuro
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará el 2026 con la discusión de tres proyectos que proponen avalar reformas clave que fueron impulsadas por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador.

Los asuntos están en manos de la ministra Loretta Ortiz Ahfl y del ministro Irving Espinosa Betanzo y fueron programados para ser discutidos el Día de Reyes, es decir, el próximo 6 de enero.

Se trata de las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, así como la del Sistema para la Carrera de las Maestras y Los Maestros, y la Ley de Salud, por medio de la cual se creó el IMSS Bienestar.

En el caso del estatuto de Aeropuertos, la ministra Loretta Ortiz propondrá declarar infundadas las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados y senadores de oposición, que alegan violaciones al debido proceso y que las reformas implican la militarización de un área estratégica para la aviación civil del país.

Los legisladores alegan que las reformas permiten a la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) operar tanto aeropuertos, así como la aerolínea comercial Mexicana de Aviación, algo que está prohibido para concesionarios privados.

Sin embargo, la ministra señala que dichos argumentos son infundados.

"Se aprecia que las empresas paraestatales asignatarias y concesionarias guardan diferencias sustanciales que imposibilita su comparación, pues las primeras son creadas por ley o decreto y obtienen una asignación directa para la prestación de servicios públicos, así como para el uso, aprovechamiento y explotación de bienes, con una vigencia indefinida, siempre que subsistan cuestiones de utilidad pública, interés público, interés general, interés social o, por razones de seguridad nacional".
“Mientras que, las personas concesionarias obtienen su título mediante un proceso de licitación para la prestación de servicios públicos, así como el uso, aprovechamiento y explotación de bienes con fines de lucro, con una vigencia definida".
“Lo anterior, sin perjuicio de que, a través de ambas figuras se lleven a cabo funciones relacionadas con áreas prioritarias de la nación, en tanto que es su naturaleza jurídica las que las hace discrepantes entre sí”, detalla la propuesta.

La carrera magisterial

Por su parte, el ministro Irving Espinosa plantea declarar infundada la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual sostiene que la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros incurre en una omisión legislativa parcial, porque el artículo tercero constitucional ordena que los procesos de admisión, promoción y reconocimiento queden definidos en la ley, de manera clara y completa.

El organismo añade que diversos artículos delegan por entero a la autoridad administrativa la regulación de la promoción horizontal en educación básica y media superior, lo que permite que programas y lineamientos emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) sustituyan la intervención del legislador en una materia que la Constitución reserva expresamente a la ley.

No obstante, el ministro menciona que los argumentos son infundados.

“Este Tribunal Pleno estima, que el concepto de invalidez es infundado” y “advierte que lo dispuesto en los artículos impugnados se adecuan a una medida legislativa que busque la igualdad en tanto se pretende fortalecer a las instituciones públicas de formación docente, de manera especial a las escuelas normales, dado a la marginación histórica y estructural de este grupo social, conforme a lo dispuesto en la Constitución Federal”.
Ministros Irving Espinosa, Loretta Ortiz y Lenia Batres en sesión solemne. | Araceli López

Sobre la Ley General de Salud

El otro proyecto tiene que ver con una acción de inconstitucionalidad promovida por legisladores que alegan violaciones al procedimiento legislativo mediante el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

También impugan distintos artículos que establecen que los recursos presupuestarios, financieros y materiales, así como los derechos y obligaciones del INSABI, pasan al IMSS-Bienestar. Igualmente, combaten el Fondo de Salud para el Bienestar (FONSABI).

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La ministra Loretta Ortiz propone declarar infundados estos alegatos.

"No se genera inseguridad alguna por el hecho de que la operación del sistema INSABI previera transferencias de recursos de las entidades federativas al organismo y que, con su sustitución por el IMSS-Bienestar, nuevamente se establezcan ese tipo de cesiones, tomando en cuenta que, si el IMSS-Bienestar conserva el patrimonio del otrora INSABI, existe la libertad para que, en los convenios respectivos, se establezca que es necesario transferir solo algunos bienes adicionales, o ninguno, dependiendo de, como se dijo, los términos de cada acuerdo de voluntades, obligados por las necesidades particulares de cada pactante, para lograr su incorporación efectiva al nuevo sistema y garantizar su funcionamiento”.

La togada también enfatiza que no es inconstitucional la intervención de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina en labores vinculadas con la salud.

La ministra Loretta Ortiz propone declarar infundados estos alegatos.


  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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