Apelarán sentencia contra Mónica García Villegas por caso Rébsamen

La FGJ de CdMx informó que la condena debe ser mayor ya que se pudo demostrar que la dueña del colegio Rébsamen, aún cuando tenía pleno conocimiento de que su conducta estaba prohibida, no respetó normas de construcción.

La ex directora de Colegio Enrique Rébsamen comparece por víctimas del 19S. | Cuartoscuro
y Carlos Vega
México /

La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en concordancia con los padres de familia, apelará la sentencia condenatoria de 31 años de prisión dictada esta tarde por un Tribunal de Enjuiciamiento contra Mónica García Villegas.

La ex directora y propietaria del inmueble ubicado en la alcaldía Tlalpan fue sentenciada esta tarde con 31 años de prisión por la muerte de 19 niños y 7 adultos después del derrumbe del inmueble, ubicado en la alcaldía Tlalpan, durante el sismo del 19 de septiembre del 2017.

La Fiscalía capitalina informó que la condena debe ser mayor ya que se pudo demostrar que García Villegas, aún cuando tenía pleno conocimiento de que su conducta estaba prohibida, no respetó las normas de construcción, poniendo en riesgo a la comunidad educativa, de manera que ocasionó el colapso del plantel.

La dependencia detalló que los trabajos realizados por ministerios públicos, peritos y policías de investigación de la Subprocuraduría de Procesos, en conjunto con familiares de las víctimas, así como con la asesoría jurídica pública y privada, resultan determinantes para buscar un fallo mayor al de 27 años por homicidio culposo y cuatro más por Responsabilidad de Director Responsable de Obra.

Señaló que la sentenciada fue “omisa”, al considerar que no se atendieron las disposiciones establecidas en el Reglamento de Construcciones y en la Ley de Desarrollo Urbano para el Distrito Federal, por lo que deberá pagar 405 mil dos pesos como reparación del daño por cada una de las víctima.

Además, el representante social logró que se ordenara el pago de mil días de multa, equivalentes a 67 mil 290 pesos, así como que se le negaran los sustitutivos de pena, además de que se le suspendieron sus derechos políticos.

Puntualizó que con el desahogo de 68 elementos de prueba “para la individualización de la sanción y reparación del daño, entre los que se contaron peritajes elaborados en las materias de psicología y antropología social, así como las declaraciones de las víctimas indirectas, se logró acreditar daño psicológico”.

​bgpa

  • Iván Ramírez
  • ivan.ramirez@milenio.com
  • Periodista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Editor web y reportero en temas de seguridad y justicia. Amante de los perros. Siempre buscando historias que contar.

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