A través de un decreto presidencial publicado hoy en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se estableció que se llamará Mausoleo de las personas de la Revolución al local que fue construido con ese fin en la parte baja del Monumento a la Revolución.
Para esto, también se creará un consejo consultivo para el Mausoleo, con el fin de que los titulares de las secretarías de Gobernación, Defensa Nacional, Educación Pública, Cultura y la Oficina de la Presidencia de la República, sean los encargados de decretar la exhumación de los restos de los revolucionarios.
Representantes de la Cámara de Diputados y Senadores asistirán como invitados permanentes del consejo, con voz, pero sin voto. Además, será el Presidente el que determine al o los personajes de la Revolución cuyos restos serán inhumados en el Mausoleo.
Este decreto entrará en vigor el 20 de noviembre y se abrogarán las acciones establecidas el 29 de noviembre de 1988.