Regresa Maki al Tribunal Electoral tras resolución de Morena en su contra

Meta 22

La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia no encontró elementos para atender su reclamo

Américo Villarreal y Maki Ortiz. (@mario_delgado)
Cristina Gómez
Tampico /

La exalcaldesa de Reynosa, Maki Ortiz Domínguez regresó a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, esta vez para impugnar el fallo de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, que sobreseyó su queja sobre la designación de Américo Villarreal Anaya como precandidato de ese partido a la gubernatura.

El órgano interno de ese instituto político emitió su resolución en el expediente CNHJ-TAMPS-001/2022, donde sobreseyó la denuncia y declaró infundados los agravios con que la aspirante buscaba echar abajo la designación del coordinador de defensa de la Cuarta Transformación en Tamaulipas, así como la elección del precandidato a gobernador.

Ello significa que el partido puso fin al procedimiento sin llegar a una resolución sobre el fondo, esto por falta de elementos para continuar.

La Sala Superior recibió la nueva queja de Maki Ortiz.

Maki Ortiz impugnó la metodología y resultados de la encuesta, estudio de opinión para determinar el perfil idóneo y mejor posicionado para representar a Morena y la supuesta omisión de convocar al proceso de selección de candidatos a gobernador en términos de la ley.

Como se recordará, el Tepjf declaró improcedente el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano promovido por Ortiz Domínguez y su demanda fue reencauzada a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena.

Por unanimidad de votos de los magistrados de la Sala Superior se consideró improcedente el recurso, en virtud de que no se satisfacía el principio de definitividad, es decir, no había agotado las instancias previas.

Asimismo, se indicó entonces que en la resolución de conflictos de los partidos políticos, debe tomarse en cuenta su libertad de decisión interna, su derecho de autoorganización y el ejercicio de los derechos de sus militantes.

Por lo tanto, tienen la libertad de resolver los asuntos internos para lograr sus fines y por regla general la ciudadanía que presente una queja debe agotar las instancias legales o partidistas previas al juicio ciudadano.

La Sala Superior consideró que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia es el órgano competente para atender su reclamo y ahora ella regresa al “Trife” tras un resolutivo adverso.

​CGCH

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