El diputado de Morena, Leoncio Alfonso Morán Sánchez propuso modificar el Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de incluir como medida cautelar la desocupación inmediata y obligatoria del domicilio conyugal, o familiar, por parte del imputado en casos de violencia familiar o de género, independientemente de la acreditación de la propiedad o posesión del inmueble, con auxilio de la fuerza pública si fuese necesario.
La iniciativa para adicionar una fracción XV al artículo 155 de dicho ordenamiento, turnada a la Comisión de Justicia, señala en su exposición de motivos que se busca garantizar la protección efectiva de mujeres, niñas, niños y adolescentes que sufren estas violencias.
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Agrega que el marco jurídico actual prevé medidas para la seguridad de las víctimas y el correcto desarrollo del proceso, pero no establece con suficiente claridad la obligatoriedad de la salida inmediata del agresor del domicilio y permite que permanezca ahí hasta acreditar su responsabilidad, lo que coloca a la víctima en vulnerabilidad extrema, exponiéndole a un riesgo considerablemente alto de feminicidio y violencia letal.
La propuesta es una acción afirmativa que protege a mujeres, niñas, niños y adolescentes, y es un paso necesario para fortalecer el acceso a la justicia, cerrar la brecha legal que permite a los ofensores permanecer en el domicilio y obliga a las y los afectados a huir y abandonar su entorno, lo que implica desarraigo, precarización económica, revictimización, impunidad y desaliento a la denuncia, subraya.
Reconoce que, a pesar de los avances legislativos, la normativa vigente aún presenta vacíos que perpetúan la violencia, que en México constituye una problemática de grave impacto jurídico, una crisis social que ha cobrado la vida y seguridad de miles de mujeres, niñas, niños y adolescentes, que enfrentan obstáculos para acceder a medidas efectivas y oportunas que garanticen su seguridad.
Por ello, considera necesario modificar los procedimientos para que la intervención de la autoridad sea inmediata, sin necesidad de procesos largos o pruebas que posterguen la protección de la víctima, y sentar las bases de un modelo de protección integral que priorice el bienestar de las personas afectadas.
La reforma pretende transformar la normativa para que ninguna mujer, niña, niño o adolescente tenga que huir de su hogar para estar a salvo, pues su seguridad “debe ser prioridad absoluta en la impartición de justicia, no una opción sujeta a criterios discrecionales de las autoridades judiciales”.
Puntualiza que no es un tema sólo de justicia, sino de derechos humanos. “La omisión del Estado en establecer esta medida como un mandato obligatorio perpetúa la violencia y coloca en riesgo la vida de miles de personas”.
CHZ