Los profesionales de la salud de Nuevo León podrán excusarse de participar en aquellas prácticas y tratamientos que contravengan su libertad de conciencia con base en sus valores, ética o creencias, como por ejemplo, practicar o no un aborto.
El Congreso de Nuevo León avaló la iniciativa de reformas a diversos artículos de la Ley Estatal de Salud, cuya propuesta fue presentada en abril por el entonces diputado Juan Carlos Leal, quien pidió licencia en septiembre pasado.
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El dictamen fue leído por la diputada Guadalupe Rodríguez, del Partido del Trabajo, en donde dijo que la libertad de conciencia es y debe ser un derecho privilegiado, inclusivo y absoluto y, por tanto, ilimitado en su ejercicio por lo que no habrá lugar a un retraso excesivo en su desarrollo normativo.
La propuesta del ex legislador fue analizada, estudiada y dictaminada por los integrantes de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables, que encabeza el diputado Asael Sepúlveda.
Las diputadas María Dolores Leal Cantú, de Nueva Alianza; la independiente Claudia Tapia y Mariela Saldívar, de Movimiento Ciudadano, hablaron en contra del dictamen; mientras que a favor de éste lo hicieron Claudia Caballero y Luis Susarrey, legisladores del PAN.
Ivonne Bustos, diputada del PVEM, presentó una reserva, sin embargo, fue desechada.
“Incluso podría ocasionar una re victimización de mujeres víctimas de violación, al no encontrar médicos dispuestos al practicarle su derecho a una interrupción legal del embarazo.
“Con ello se violaría la fracción III, apartado C del artículo 20 de nuestra Carta Magna, la cual establece que la víctima u ofendido de delitos tiene el derecho a recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia”, planteó Bustos.
Durante la sesión ordinaria, los legisladores señalaron que por objeción de conciencia se entiende la actitud de quien se niega a obedecer una orden de la autoridad o un mandato legal invocando la existencia, en su fuero interno, de una contradicción entre el deber moral y el deber jurídico, a causa de una norma que le impide asumir el comportamiento.
La propuesta fue votada con 35 votos a favor, cinco más en contra y una abstención de parte de la diputada Bustos.
“Puede basarse la objeción en particulares convicciones filosóficas, religiosas, morales, humanitarias o políticas y venir referida a conductas de muy variada naturaleza.
“La guerra, la violencia, el juramento, el cumplimiento del ideario de un centro de enseñanza, la colaboración en prácticas abortivas legales, la propia asistencia sanitaria o, incluso, la sanción de determinadas leyes impuestas por el Estado”, establecieron.
Los legisladores indicaron que esta iniciativa se apega a los tratados internacionales que México ha suscrito, así como en el texto de la propia Constitución de México en su artículo quinto, por lo que está plenamente justificada.