En Nuevo León prohíben fuegos artificiales cuando exista contingencia ambiental

El Congreso local aprobó que el Estado y los municipios eviten el uso de fuegos artificiales en los eventos públicos que lleven o cabo.

El fin es reducir las emisiones contaminantes provocadas por el uso de artificios pirotécnicos. Foto: Especial
Kevin Recio
Monterrey /

A unos días de celebrarse el Día del Grito en Nuevo León, por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso local aprobó que el Estado y los municipios eviten el uso de fuegos artificiales en los eventos públicos que lleven o cabo, siempre y cuando exista una contingencia ambiental.


En sesión ordinaria de Pleno, Brenda Sánchez, de Movimiento Ciudadano, dijo que se aprobó la reforma al artículo 8 y por adición de un artículo 133 bis de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León, estableciendo que las autoridades deberán realizar las acciones que le competan, a fin de reducir las emisiones contaminantes provocadas por el uso de artificios pirotécnicos.

“Deberán promover, impulsar y realizar campañas permanentes encaminadas a la separación, reutilización, y reciclado de los residuos sólidos, así como promover la educación ambiental de la población para controlar y separar los residuos desde la casa.
“Artículo 133 Bis. Con el fin de reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera, el Estado y los Municipios evitarán el uso de artificios pirotécnicos en los eventos públicos que estos lleven o cabo, cuando exista una contingencia ambiental”, señaló.

De acuerdo con el dictamen, los municipios deberán establecer como condicionante, al otorgar las autorizaciones o permisos para la realización de espectáculos, o en su caso, su uso de suelo para salones de eventos sociales o similares, la no utilización de artificios pirotécnicos si existe al día del evento la declaración de contingencia ambiental.

Los diputados se basaron en un análisis histórico de datos de calidad del aire del 2014 al 2010, realizado por el Centro Mario Molina, se observó que en el Área Metropolitana de Monterrey hay excedencias recurrentes de concentraciones de PM 10 y PM 2.5 que rebasan los límites máximos permisibles señalados por las Normas Oficiales Mexicanas y las Normas Ambientales Estatales.

“Están las mascotas, quienes año con año deben soportar el ruido de las explosiones de la pirotecnia. De acuerdo con la asociación Ecologistas en Acción, el fuerte estruendo les provoca una reacción de pánico y angustia, que se traduce en taquicardia, jadeos, dificultad para respirar, temblores y a veces hasta la muerte”, se lee en el dictamen.

Durante la discusión del dictamen, Roberto Farías, de MC, consideró importante exhortar también a los municipios mediante un acuerdo, en el sentido de que vayan a favor también ya de la provisión de las ferias del cohete “que representan obviamente un peligro”.

“Los daños colaterales que causan al medio ambiente, sobre todo en fechas decembrinas, igualmente también el daño y perjuicio que infieren directa o indirectamente a los animales”, señaló.

Eduardo Gaona, líder de MC, recordó que Apodaca, García, Guadalupe Escobedo, Santa Catarina, San Pedro y San Nicolás prohibieron la pirotecnia el año pasado, por lo que invitó a los demás a sumarse.

“Según datos de la Protección Civil de aquí del estado se redujo un número de accidentes al 50% de percances a causa del uso de fuegos pirotécnicos
“Esto afecta, en particular, a los menores de edad y los adultos mayores, los cuales son más propensos a presentar problemas respiratorios derivados de la contaminación ambiental”, señaló.

Myrna Grimaldo, del PAN, dijo que las mascotas son las más afectadas, por lo que urgió a la prohibición.

Durante la sesión también aprobaron una reforma por adición al artículo 172 Bis 3 a la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León para que se realicen programas o campañas encaminadas a reducir la basura electrónica.

“Se deberán realizar, por lo menos una vez al año, programas o campañas encaminadas a reducir la basura electrónica estableciendo contenedores para el depósito gratuito de este tipo de residuos.
“Las personas físicas y morales a que se refiere este artículo deberán contratar en forma colectiva o individual un servicio de recolección especializado de este tipo de residuos para su confinamiento final”, indicaron.

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