La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada, la cual determinó la inexistencia de supuestas calumnias, actos anticipados de campaña y mal uso de la pauta por parte del PRI con el promocional titulado "Periodistas".
Dicho mensaje fue pautado en el periodo de intercampaña local en los estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas.
Morena presentó una queja en contra del PRI por el referido spot, difundido en radio y televisión a inicios de marzo, al considerar que con su difusión se buscó confundir al electorado con la imputación de hechos falsos que afectaban su imagen e influían en los procesos electorales locales, vulnerando el principio de equidad en la contienda.
Sin embargo, la Sala Regional Especializada determinó que no se actualizaba el elemento objetivo para acreditar la calumnia, ya que el material denunciado no contenía un hecho falso, pues el spot consistía en una crítica severa al actual gobierno federal en relación con la labor periodística en México.
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Y, además, consideró que si bien se acreditaron los elementos personal y temporal de los actos anticipados de campaña –al ser pautado por el PRI y difundido en el periodo de intercampaña–, no hubo un llamado de apoyo en favor o contra de alguna fuerza política.
Sobre el supuesto uso indebido de la pauta, la Sala Regional Especializada consideró que no se podía acreditar, pues el contenido del promocional sólo es sobre opiniones de temas de inseguridad y violencia, es decir, contenido genérico, sin que se advirtieran expresiones que influyan en el voto de la ciudadanía.
Morena interpuso un recurso contra esa determinación de la Sala Regional, pero en la Sala Superior se confirmó, por unanimidad, lo resuelto en la instancia previa, al considerar que fue adecuada la conclusión sobre la inexistencia de calumnia, pues el spot no contiene imputación de un hecho falso, sino que expresa una opinión de un tema de interés general.
Además, la Sala Superior determinó que los argumentos formulados por Morena para demostrar la inexistencia de los actos anticipados de campaña carecen de una base argumentativa sólida, ya que no expresa de manera clara el motivo de inconformidad para confrontar los razonamientos sostenidos por la Sala Regional.
Por otra parte, la Sala Superior también consideró ineficaces los planteamientos de Morena relacionados con el uso indebido de la pauta, pues esta última infracción dependía de la existencia de las primeras.
EHR