El ex gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, libró el proceso en su contra por el presunto delito de desvío de recursos materiales y humanos en su campaña presidencial de 2018.
Esta tarde se celebró una audiencia de sobreseimiento de la causa penal ante el juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en Cadereyta, Nuevo León, quien determinó que el ex mandatario no debió ser imputado por dicho delito.
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En la audiencia comparecieron los agentes de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FISEL) de la Fiscalía General de la República (FGR), quienes señalaron que por estos mismos hechos ya se había decretado previamente el no ejercicio de la acción penal.
En entrevista para la Plataforma Milenio-Multimedios, el abogado defensor del ex mandatario, Gabriel García, aseguró que un juez de distrito celebró este miércoles a las 14:30 una audiencia en la cual resolvió el fondo del asunto, y consideró que el ex gobernador no incurrió en ningún delito, pues la figura que representaba en ese entonces era la de aspirante a la Presidencia al recolectar firmas, y no como candidato ni precandidato, tal cual lo acusaron, debido a que esa figura en la Ley Electoral Federal no existe para aspirantes independientes y solo aplica para partidos políticos.
"El día de hoy se fijó la audiencia para las 2:30 de la tarde, la audiencia fue llevada por un juez federal, y el juez federal decretó la inexistencia del delito, y por lo tanto la absolución del ingeniero, es decir, no se desistió la Fiscalía Federal, el juez determinó que el ingeniero, en su carácter de aspirante, nunca fue precandidato, él fue aspirante, y por lo tanto no se reunían los elementos del delito electoral.
"Esa era la versión desde un inicio nuestra... La ley electoral habla de precandidato y/o candidato, el ingeniero nunca fue precandidato, él fue aspirante porque las precandidaturas y candidaturas están solamente reservadas para los partidos políticos", dijo.
García afirmó que la sentencia quedó firme a partir de este martes, por lo cual las medidas cautelares que tenía de arraigo domiciliario quedaron sin efecto para este caso en específico.
"El juez decreta la absolución, la sentencia quedó firme el mismo día de hoy y se eliminan todas las consecuencias, es decir, las medidas cautelares que pasaron sobre el ingeniero, por lo que hace exclusivamente al delito electoral, todavía está el otro proceso del abuso de autoridad", refirió.
Por su parte, Víctor Olea Peláez, abogado de El Bronco, explicó en entrevista con MILENIO, que el juez declaró procedentes los argumentos para sobreseer la causa penal.
“En concreto el juez estuvo conforme con la defensa en el sentido de que el ex gobernador Rodríguez no podía haber sido imputado por ese delito electoral porque no reunían las condiciones que el delito específico establece, y además comparecieron los fiscales de Fiscalía Especializada en Delitos Electorales a nivel federal y ellos estuvieron no sólo conformes con la solicitud de la defensa al respecto, sino que incluso revelaron que previamente a la denuncia correspondiente que fue presentada ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del estado de Nuevo León ya previamente se había presentado otra idéntica ante la propia FISEL y se había decretado previamente el no ejercicio de la acción penal”, explicó.
Asimismo, en sus redes sociales, Jaime Heliodoro escribió: "La razón de mi detención, siempre lo dije, fue injusta y fuera de toda legalidad. Hoy, un juez federal lo confirma. He sido absuelto del supuesto delito electoral".
Sin embargo, cabe recordar que la medida cautelar de prisión domiciliaria contra el ex gobernador seguirá vigente, pues la tiene aún por el presunto abuso de poder en que incurrió en la requisa a la Ecovía en 2016, delito de carácter local.