CNDH celebra liberación del defensor indígena Mariano Pérez Velasco

La Comisión exhortó a que otros casos sean revisados a luz de los más altos estándares nacionales e internacionales, conforme al principio pro persona.

La CNDH busca que se protejan los derechos de las personas privadas de su libertad. (Cuartoscuro)
Sandra Rojas
Ciudad de México /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebró la liberación del defensor indígena Mariano Pérez Velasco, quien obtuvo su libertad tras 17 años, siete meses meses y 12 días interno en el Centro Estatal de Reinserción Social (Cereso) 5 en San Cristóbal de la Casas, Chiapas.

La resolución se emitió el 19 de octubre por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito de Chiapas, que concedió el amparo y protección de la justicia, en contra de la resolución de Segunda Instancia.

Por ello, la CNDH exhortó a que, como este caso, otros sean revisados a luz de los más altos estándares nacionales e internacionales en la materia conforme al principio pro persona, esto, a fin de que los Órganos Jurisdiccionales emitan sus sentencias a partir de un enfoque diferencial, especializado e interseccional.

“En aquellos casos en que las personas internas han alegado ser víctimas de violaciones graves a sus derechos humanos durante y posterior a su detención, de no hacerlo, el Estado mexicano se convierte en cómplice de seguir alimentando el ciclo de impunidad que hasta la fecha no se logrado erradicar, vulnerando a los grupos en mayor situación de vulnerabilidad en nuestro país”, dijo la Comisión.

Mariano Pérez Velasco, quien junto con 13 personas privadas de la libertad se había pronunciado en huelga de hambre desde el 15 de marzo de 2019, manifestó un encarcelamiento y sentencia injusta, así como haber sido víctimas de tratos crueles, inhumanos y degradantes durante su detención, incluso actos de tortura para obtener su confesión.

Además, la CNDH señaló que Pérez Velasco, fue detenido de manera ilegal con uso excesivo de la fuerza y, tras ser víctima de actos de tortura, fue obligado a confesar haber cometido el delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de plagio o secuestro por parte de policías judiciales, pertenecientes a la entonces Procuraduría de Justicia de esa entidad.

La Comisión denunció que durante el proceso que se le siguió no se presentó la parte acusadora, no fue informado de la celebración de audiencias y permaneció varios años sin que se le dictara sentencia.

“La presente determinación advierte la necesidad de revisar de manera pronta, diligente y urgente todos aquellos casos en los que las personas indígenas privadas de la libertad se encuentran internas en algún centro penitenciario del país en espera de una sentencia, o bien, sentenciados de manera injusta, a quienes se les han vulnerado sus garantías al debido proceso, a una defensa adecuada, y al acceso a la verdad y a la justicia, en razón de su origen étnico”, finalizó la CNDH.

​LP

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