El presidente de la Mesa Directiva del Congreso del estado, Rodrigo Martínez Castillo, dio a conocer que recibió una solicitud de juicio político en contra del presidente municipal de Lolotla, Ernestino Melo Díaz.
La solicitud fue ingresada por el ciudadano Javer Cebada López quien también pidió que se someta a juicio político a los elementos de seguridad municipal María Guadalupe Morales López, Cristian Vite Ugalde y Francisco Cerna Hernández.
De acuerdo con Martínez Castillo la solicitud fue ratificada por Cebada López en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del estado de Hidalgo, sin embargo, el legislador del Partido Acción Nacional (PAN) no precisó el motivo del juicio político.
Tras ello, el presidente de la Mesa Directiva turnó la solicitud a la Comisión Instructora del Congreso del estado, la cual preside él mismo, para su estudio, análisis y resolutivo correspondiente.
De acuerdo con la Constitución Política del Estado de Hidalgo serán sujetos de juicio político: las diputadas y los diputados del Congreso local, el auditor Superior, las y los titulares de la administración municipal, las y los síndicos, las regidoras y los regidores, las magistradas y los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del estado, del Tribunal de Justicia Administrativa y del Tribunal Electoral, las secretarias y los secretarios del despacho del Poder Ejecutivo, la o el titular de la Procuraduría General de Justicia, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción.
Así como quienes tengan a su cargo las Coordinaciones creadas por el Ejecutivo, las y los Directores Generales o sus equivalentes de los organismos públicos autónomos y descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas, fideicomisos públicos de esta entidad federativa, las y los titulares de los juzgados de primera instancia por las acciones u omisiones indebidas en que incurran en el tiempo de su encargo y serán responsables por la comisión de los delitos del orden común y de las violaciones graves a derechos humanos que se cometan durante su gestión.
Para proceder por responsabilidad en la comisión de delitos del orden común contra los servidores públicos, cometidos durante el tiempo de su encargo, la Cámara de diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si hay o no lugar a proceder contra el inculpado.
Las sanciones que se impondrán mediante juicio político, cuando los servidores públicos, en el ejercicio de sus funciones, por sus actos y omisiones perjudiquen a los intereses públicos fundamentales o a su buen despacho, consistirán en la destitución del servidor y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.