La vicecoordinadora del Partido Acción Nacional (PAN) en el Senado, Kenia López Rabadán, presentó una queja y solicitó la emisión de medidas cautelares ante el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), en contra de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, por la nombrada Tarjeta de Claudia.
La queja fue dirigida a la consejera presidenta del IECM, Patricia Avendaño, en contra de Sheinbaum Pardo por actos de promoción personalizada con programas sociales, así como por el uso indebido de recursos públicos.
En el documento se solicita a las autoridades dictar medidas cautelares a efecto de que cesen de inmediato cualquier referencia de programas sociales que se identifiquen con el nombre de la jefa de Gobierno, ya que de lo contrario se podría generar un daño irreparable en la vida democrática de la Ciudad de México.
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En la queja se narra que el 12 de octubre pasado, en un evento público en la escuela secundaria 164 Amado Nervo de la Ciudad de México, donde se encontraba la jefa de Gobierno y el titular de la autoridad educativa federal, el funcionario afirmó lo siguiente:
“Hoy estamos aquí reunidos para renovar la tarjeta que las maestras y maestros llamamos con coloquialidad la tarjeta, la cual tiene muchísimos apoyos y muchísimas cosas que son muy importantes. Lo primero que quiero destacar es que esta tarjeta que ahorita ustedes ya conocen, que ya han tenido los beneficios es algo que sólo se da en la ciudad.
“Es un beneficio que con un gran esfuerzo la jefa de Gobierno ha hecho para apoyar a las familias. Pero esto es importante señalar que cuando a veces los malquerientes nos dicen que no se podían los temas presupuestales, si se pueden cuando hay honestidad, cuando austeridad y cuando hay ganas. Por eso ese esfuerzo que hace la jefa de Gobierno para que todos contemos con esos apoyos”.
López Rabadán cuestionó, una vez más, igual que lo hizo en su contramañanera pasada que: “ahora resulta que los servidores públicos la llaman ‘la tarjeta de Claudia’ en un evento público gubernamental y se viola flagrantemente el artículo 134 constitucional, ya que está prohibido hacer promoción personalizada con los programas sociales”.
El citado artículo “prohíbe que cualquier mensaje institucional, incluyendo los que tienen que ver con programas sociales, contengan nombre de los servidores públicos que aplican el recurso, ya que de lo contrario nos encontramos ante promoción personalizada y uso de programas sociales con fines electorales, lo que aunado a la infracción electoral es un delito que inclusive amerita prisión preventiva oficiosa”.
scsa