¿Qué es la paridad y violencia política de género? Éstas acciones van contra la ley

México está entre los 10 países del mundo que cuentan con el principio de paridad de género.

¿Qué es la paridad y violencia política de género? (MILENIO)
Ciudad de México /

En México, la paridad de género se estableció como un principio constitucional con el que se busca garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en la vida política; sin embargo, también existe la violencia política de género, pues ha ocurrido entre los servidores públicos y legisladores.

Un ejemplo reciente de violencia política de género es el caso del diputado Gerardo Fernández Noroña, a quien el Instituto Nacional Electoral (INE) le ordenó tomar un curso de género, masculinidades y correcto actuar, así como pedirle una disculpa a la panista Adriana Ávila por vincularla con criminales dedicados a la trata de personas, pues la legisladora afirmó que las acusaciones partieron desde la misoginia. 

"Me comentan que hay una diputada de que fue senadora y que está involucrada en ese tema y que es más bocona que la chingada, no sé si sea cierto o no, pero en Tlaxcala siguen los problemas y son elementos para ponerle una chinga la próxima vez que abra la boca", dijo Fernández Noroña en un evento público.

¿Qué es la paridad de género? 

Se refiere a la participación y representación equilibrada, justa y legal tanto de mujeres como de hombres en los cargos públicos y de toma de decisiones en sectores como política o economía.

México está entre los 10 países del mundo que cuentan con el principio de paridad de género, ya que el 5 de diciembre de 2013 la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reforma a la Constitución para que se tomara en cuenta en candidaturas a cargos de elección popular y el 10 de febrero del 2014 fue promulgada por el Ejecutivo. 

No obstante, fue hasta el 6 de junio de 2019 que se aprobaron las reformas al artículo 41 constitucional y se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para establecer que la mitad de los cargos de decisión sean para las mujeres en los tres poderes del Estado, organismos autónomos, candidaturas de partidos políticos y elección de representantes en los municipios con población indígena.

Paridad de género en México

  • Gabinete del presidente Andrés Manuel López Obrador: 9 mujeres y 9 hombres.
  • Cámara de Diputados: 241 mujeres (48.2%) y 259 hombres (51.8%).
  • Senado: 49.2% de mujeres y 50.8% de hombres.

Actualización al 2 de marzo de 2021 en Cámara de Diputados. Conteo hasta 2020 en el Senado.

¿Qué es la violencia política de género? 

En el país, el 13 de abril de 2020 se reformaron diversas leyes en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género con su publicación en el DOF

De acuerdo con el INE, la violencia política de género es "toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeresel acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo".

Algunas acciones de violencia política de género son: 

  • Restringir o anular el derecho al voto libre y secreto de las mujeres. 
  • Obstaculizar la campaña de modo que se impida que la competencia electoral. 
  • Realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género. 
  • Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas. 
  • Discriminar a la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos por encontrarse en estado de embarazo, parto, puerperio
  • Impedir o restringir su reincorporación al cargo tras hacer uso de la licencia de maternidad o de cualquier otra licencia contemplada en la normatividad. 
  • Ejercer violencia física, sexual, simbólica, psicológica, económica o patrimonial contra una mujer en ejercicio de sus derechos políticos. 

icc

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