¿Qué pasará si el alcalde electo de Ocuilan se queda preso? Te explicamos lo que sabemos

Emilio "N" fue detenido el 14 de diciembre por el delito de privación de la libertad.

Hace unos días tomó protesta como presidente municipal. (Especial)
Claudia Hidalgo
Toluca /

En caso de quedar formalmente preso el alcalde electo del municipio de Ocuilan, Emilio "N" - quien fue detenido por privación de la libertad- el cargo podría ser asumido por su suplente, Wilfrido Pérez Segura, quien fue registrado formalmente en la planilla del Partido Encuentro Social que ganó la elección.

Sin embargo, al ser este un caso distinto a los enmarcados en la ley podría intervenir la Legislatura desde los primeros días, notificada por el ayuntamiento saliente, al no poder constituirse el nuevo cabildo y no poder concretarse la entrega recepción.

Ante faltas absolutas y la pérdida de derechos políticos, el suplente cubre la vacante, pero normalmente debe ser convocado por el secretario del ayuntamiento, quien es designado a propuesta del alcalde en la primera sesión del cabildo.

En este caso no habría alcalde, ni se podría reunir el cabildo para sesionar y tomar decisiones.

El 1 de enero el ayuntamiento saliente deberá hacer la entrega recepción de cada área, es decir, de alcalde a alcalde, por lo cual tampoco se podrá concretar esta obligación y la autoridad saliente deberá notificar a la Legislatura este hecho para que convoque al suplente y en caso de que éste no acuda se elija a un nuevo edil.

Pendientes electorales

Aunque el presidente electo ya rindió protesta todavía tiene pendiente un recurso en la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por un recurso interpuesto por el partido Morena, por haber rebasado gastos de campaña.

Formalmente la planilla electa declaró gastos por 5 mil pesos durante los 34 días de proselitismo, lo cual fue considerado como falso por los morenistas, quienes argumentaron un gasto mayor e incluso fuera del límite.

De ser comprobado esto, el alcalde electo podría perder la constancia que lo acredita como triunfador de la elección del pasado 6 de junio.

Escenarios legales

La legislación mexiquense considera dos escenarios en los cuales podría encuadrar este caso:

  •  El primero es una posible falta temporal que podría no exceder de 15 días, plazo en el cual debe entrar el secretario del ayuntamiento como encargado del despacho. Como falta temporal también se toma un plazo de hasta 100 días, donde las faltas del alcalde son atendidas por un regidor del propio ayuntamiento que se designa por acuerdo del cabildo, a propuesta del presidente municipal, para que se desempeñe como alcalde por ministerio de ley.
  • El otro escenario marcado en la normativa mexiquense es el de faltas definitivas de los miembros de los ayuntamientos, donde serían llamados los respectivos suplentes. De acuerdo al artículo 41 de la Ley Orgánica Municipal vigente, si faltase también el suplente para cubrir la vacante correspondiente, la Legislatura, a propuesta del Ejecutivo, designará a la persona sustituta.

De acuerdo a los registros del Instituto Electoral (IEEM) las personas que entrarán como regidores, a partir del 1de enero, son: Roberto Jesús Díaz Villana, Lucia Rivera Torres, Alejandro Ramírez Raymundo, Yolanda Gilberto García, Sebastián Tejeda Abundis, Gabriela Abundis Ferreyra y Luis Alberto García Mendoza.

KVS

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