INAI ordena a Pemex publicar cartas de Vitol en las que ofrece resarcir daños por sobornos

El 3 de marzo del 2021 Octavio Romero dio a conocer que la empresa Vitol envió una carta en la que ofreció reparar el daño por los sobornos pagados a funcionarios mexicanos entre 2015 y 2020 para ganar contratos.

Octavio Romero Oropeza, director general de Pemex. Foto: (Especial)
Rafael Montes
Ciudad de México /

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a Petróleos Mexicanos (Pemex) difundir una versión pública de las cartas y el oficio que intercambiaron el actual director de Pemex, Octavio Romero, y directivos de la compañía estadunidense Vitol, mediante los que ésta ofreció resarcir el daño por haber sobornado a funcionarios mexicanos entre 2015 y 2020 para ganar contratos.

Con base en lo revelado en la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador del 3 de marzo del 2021, en la que Octavio Romero dio a conocer que la empresa Vitol Inc. envió una carta en la que ofreció reparar el daño por los sobornos pagados, un ciudadano requirió esa documentación a la empresa petrolera mexicana.

El ciudadano pidió “todos los oficios, correos, documentos y comunicaciones que han sido enviadas por la empresa Vitol Inc. y cualquiera de sus subsidiarias a la dirección de Pemex, entre diciembre de 2020 y abril de 2021”.

Originalmente, Pemex había negado esa información con el argumento de que se trata de elementos que conforman una carpeta de investigación en curso, por lo cual, se encontraban en calidad de reservado.

El ciudadano se inconformó ante el INAI, el cual analizó la petición formulada por el ciudadano y la respuesta entregada por Pemex.

El caso fue turnado a la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña, quien aseguró que, en la investigación y la exploración de la información relacionada con el tema, Pemex reconoció al INAI que había tres tipos de documentos, dos cartas y un oficio, que fueron enviados por Vitol Inc. al director general de Pemex, quien los presentó al Presidente de la República.

Además, dijo Acuña, se encontraron reportes del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América que confirmaban que la empresa Vitol Inc. reconoció el pago de sobornos a funcionarios mexicanos y de otros países.

Además, también se dio a conocer que el FBI acogió la investigación por conductas relacionadas con sobornos internacionales, por un monto de 17 millones de dólares.

Al existir esos antecedentes, el comisionado consideró que existen elementos para presumir que se trata de actos de corrupción, por lo que recordó que la ley prevé la excepción a la reserva en esos casos.

“Primero, el hecho es notoriamente público, se expuso en la conferencia matutina del Presidente de la República, lo hizo el propio director general y reconoció que había recibido esas comunicaciones; luego, se sabe que no solamente es un asunto de una comunicación al Director de Pemex, sino que inclusive el Departamento de Justicia ha abundado al respecto, situando los hechos y hasta monto de los sobornos, situándolos en 17 millones de dólares”, expuso Acuña.

Por lo que, dijo, que si bien la regla es respetar la reserva, las circunstancias que rodean el hecho, la visualización del mismo, la presumible corrupción reconocida por las autoridades norteamericanas, se puede concluir que se trata de hechos relacionados con presuntos actos de corrupción.

Por ello, propuso revocar la respuesta de Pemex para “vencer las reticencias técnicas, jurídicas, válidas”, con la condicionante de que antes de que Pemex entregue la versión pública de las cartas y el oficio, el INAI debe revisar que se protejan los nombres de los funcionarios ahí mencionados.

“Si de entre esa información, que bajo este supuesto o excepción a la reserva, pudiera colarse los nombres de personas que todavía no han sido juzgadas, sí se podría poner en peligro, por esos datos personales que pudieran filtrarse, la presunción de inocencia y hasta el debido proceso, en caso de que algunos de ellos ni siquiera estuvieran todavía iniciados sobre ellos algún tipo de procedimiento”, dijo.

Entonces, dijo el comisionado, se debe establecer una cláusula de verificación, “que hacemos cuando nos deja o nos causa preocupación que a la hora de entregar la información el sujeto obligado no cumpla con algo que le hayamos exigido por el riesgo tan grande que hay que al ignorarlo se cometa un estropicio en perjuicio del bien jurídico a tutelar”.

JLMR

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