Pensión alimenticia debe ser garantizada: diputado

Jorge Longoria presentó tres iniciativas: la primera, que exista un registro de protección a niños, niñas y adolescentes; la segunda una constancia de no ser deudor alimentario y, la tercera, considerar las discapacidades del beneficiario.

Jorge de León, diputado del PRI en Nuevo León (Foto: Ricardo Alanís).
Ricardo Alanís
Monterrey /

Luego de que en Nuevo León hay un 65 por ciento de padres y madres de familia divorciados que incumplen con el pago de la pensión alimenticia, el diputado local priista Jorge de León, presentó tres iniciativas de reforma al Código Civil del Estado, para garantizar el sustento a los niños, niñas y adolescentes.

El legislador acudió a la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, a entregar el documento que incluye la creación de un Registro Estatal de Deudores Alimentarios.

Precisó que este registro ya es impulsado por el Congreso de la Unión como una herramienta de protección de niños, niñas y adolescentes. De acuerdo a la iniciativa serán incluidos en el registro los deudores que incumplan con su obligación en 60 días o tres veces al año.

“Se busca establecer el Registro Estatal de Deudores Alimentarios, en el cual se incluirían aquellos que incumplan con obligación alimentaria ordenada por mandato constitucional, dicho registro sería publicado en el portal de internet del Poder Judicial o en los estrados del mismo.

“Tenemos conocimiento que hay un 65 por ciento de los responsables de pensión alimenticia que la incumplen o que utilizan esa pensión como chantaje a las mamás de los menores. Proponemos que como requisito para contraer matrimonio, el contrayente presente una constancia de no ser deudor alimentario moroso, dicha constancia deber ser expedida por el Registro Civil del Estado”, comentó.


Jorge de León informó que actualmente en seis estados de la República Mexicana ya está reglamentada la entrega de la pensión alimenticia a los menores.

Una tercera iniciativa propone que la pensión alimenticia considere los gastos cuando haya de por medio un menor con alguna discapacidad.

“Además, se propone ampliar lo que se considera como alimentos en el Código Civil, para establecer que cuando el acreedor de los alimentos sufra alguna discapacidad temporal o permanente, se debe proveer sus gastos de higiene, asistencia personal; rehabilitación; traslados y en general todo aquel gasto originado con motivo de la discapacidad”, declaró De León.

LAS MÁS VISTAS