Ordenan procuradurías para protección de infancias, pero no les dan recursos

La nueva obligación amplía funciones de protección infantil, pero deja a los ayuntamientos sin financiamiento definido para cumplir el mandato

Sin financiamiento claro, las nuevas procuradurías municipales para las infancias | Freepik
Pachuca /

Las alcaldías deben buscar ahorros en sus leyes de ingresos para que sean funcionales las procuradurías municipales de protección de niñas, niños y adolescentes que entraron en vigor el pasado 14 de abril, consideró el presidente de la comisión de Hacienda y Presupuesto del Congreso de Hidalgo, Miguel Ángel Moreno.

“En la mayoría de los municipios, al respetar siempre su autonomía, ellos tendrán que buscar sus leyes de ingresos donde puedan generar estos ahorros y den atención al cuidado de las infancias”, señaló el legislador y destacó que la reforma que creó las procuradurías municipales obedece a una armonización federal que las entidades del país están obligadas a cumplir.

Además, las procuradurías pueden complementarse con el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), por lo que el legislador consideró que su funcionamiento depende del ordenamiento y planeación en cada municipio de la entidad.

“Hay algunas áreas en los gobiernos municipales que están sobrecargadas, por lo que debemos de generar presupuestos basados en resultados”, dijo.

Ante el riesgo de que las procuradurías municipales de protección de las infancias queden en letra muerta en las presidencias municipales en caso de no destinarles recursos suficientes, el legislador insistió que exhortarán a los municipios con la finalidad de hacer cumplir los derechos de niñas y niños dentro del territorio hidalguense.

Plazo de 60 días

A partir del 14 de abril, el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia deberá emitir en un plazo de 60 días los lineamientos para que las Unidades de Primer Contacto que actualmente existen en los municipios adapten su integración y atribuciones para transformarse en procuradurías municipales de protección de infancias.

Dentro del mismo plazo, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Hidalgo deberá crear e instalar un comité técnico para el acompañamiento y seguimiento de las procuradurías municipales, conformado al menos por el Sistema Estatal de Desarrollo Integral de la Familia, los Sistemas DIF municipales, así como las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal.

Además, en un plazo que no exceda de 180 días naturales contados a partir de la publicación de los lineamientos, los municipios deberán realizar los ajustes jurídicos, administrativos, operativos y presupuestales para que las Unidades de Primer Contacto transiten a procuradurías municipales.

Sin presupuesto

La obligación legal de instalar procuradurías municipales de protección de menores de edad y adolescentes en los ayuntamientos impone nuevas funciones sin asegurar condiciones materiales para cumplirlas, de acuerdo a un análisis hecho por MILENIO al decreto publicado en el Periódico Oficial de Hidalgo (POEH).

El decreto número 607 en materia de fortalecimiento a las medidas de protección y creación de las procuradurías municipales de protección de niñas, niños y adolescentes, en el artículo 135 Ter, señala que cada municipio deberá contar con una procuraduría “dotada de autonomía técnica y operativa, con funciones de autoridad administrativa”, encargada de la protección de niñas, niños y adolescentes en su territorio.

La reforma asigna facultades amplias a estas procuradurías pues en el artículo 119, señala que la procuraduría estatal podrá “solicitar la imposición de medidas urgentes de protección” cuando exista riesgo inminente, mientras que el artículo 79 establece que estas instancias podrán actuar “de oficio o en representación en suplencia” para promover acciones legales en favor de menores afectados.

Además, el artículo 105 prevé que la representación podrá ejercerse por las procuradurías cuando exista “conflicto de interés o representación deficiente”al ampliar su intervención directa en procesos judiciales y administrativos. Esto coloca a las nuevas procuradurías municipales en un rol activo dentro del sistema de justicia en la entidad.

El propio decreto reconoce las limitaciones del modelo actual. En su exposición, advierte que existen “limitaciones operativas, presupuestarias y de capacidad institucional que afectan su eficacia”, así como una cobertura insuficiente derivada de que solo operaban subprocuradurías regionales para todo el estado.

El problema se agrava al revisar las obligaciones asignadas. El artículo 117 establece que las procuradurías municipales deberán “recibir quejas y denuncias por violaciones a los derechos” y canalizarlas, mientras que el artículo 135 Octies las obliga a detectar casos, intervenir, coordinar acciones y dar seguimiento hasta la restitución de derechos.

Sin embargo, el decreto no fija estándares mínimos de operación. No se establecen parámetros obligatorios de personal, infraestructura o presupuesto, pesar de que las funciones incluyen intervención en casos de violencia, abandono y riesgo. Esto abre la posibilidad de que la implementación dependa de la capacidad de cada municipio.

En materia financiera, no hay disposición expresa que garantice recursos adicionales. La obligación recae en los ayuntamientos, que deberán integrar estas procuradurías dentro de su estructura administrativa. Esto contrasta con la amplitud de funciones asignadas en la propia ley en el país. El modelo también depende de la coordinación institucional. El artículo 118 define a la procuraduría estatal como un órgano con facultades de coordinación, supervisión y atracción de casos, lo que implica que el sistema operará de forma concurrente entre los niveles estatal y municipal.

La reforma busca “la desconcentración regional” de la atención, como se señala en el decreto, pero deja abierta la capacidad real para ejecutarla. La ley amplía atribuciones y distribuye responsabilidades, pero reconoce al mismo tiempo deficiencias estructurales que no resuelve en su totalidad.

El cambio normativo redefine el sistema de protección infantil en Hidalgo, pero su alcance dependerá de la implementación. Los artículos establecen qué deben hacer las nuevas procuradurías; lo que aún no queda claro es con qué recursos y capacidades podrán hacerlo en cada municipio.

Especialistas advierten que el reto es armonizar legislación y garantizar presupuesto, personal capacitado y coordinación interinstitucional.

  • Víctor Valera
  • Con 17 años en diarios impresos y digitales de Hidalgo. Creo que el periodismo debe ser útil para la sociedad.

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