PJEM descarta aumentar penas a menores infractores en Edomex

Héctor Macedo, presidente del PJEM, precisó que elevar sanciones contra menores sería un retroceso a sus derechos, tras un convenio internacional firmado por México.

Poder Judicial del Edomex señala que adolescentes de 16 a 17 años enfrentan máximo cinco años de internamiento. Especial
Abadiel Martínez
Toluca /

De acuerdo con el presidente del Poder Judicial del Estado de México, Héctor Macedo García, debido a acuerdos internacionales en materia de derechos humanos, la pena máxima para un adolescente involucrado en la comisión de un delito es de cinco años de internamiento, siempre que corresponda al grupo etario de 16 a antes de los 18 años. 

Esta disposición no puede modificarse para imponer sanciones mayores; sin embargo, puntualizó que la prioridad debe centrarse en la adecuada reincorporación de los menores en conflicto con la ley.

Casos recientes de menores involucrados en delitos 

Ante recientes casos de menores de edad aparentemente involucrados en delitos de alto impacto, uno de ellos el incendio provocado en una tienda de conveniencia en el municipio de Valle de Chalco el 22 de febrero.

Cuando se registraron disturbios presuntamente relacionados con la captura y muerte de Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, quien fuera líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), hecho que dejó lesionados a un hombre y a su hijo de dos años, quien murió casi dos meses después, el magistrado presidente del PJEM fue cuestionado sobre la posibilidad de aumentar las sanciones contra menores de edad.

Penas fueron determinadas ante un acuerdo

 Reconoció que las actuales penas fueron determinadas por la Convención Interamericana de Derechos Humanos, acuerdo firmado por México, por lo que no pueden modificarse. 

“Dentro de esa convención se estableció que los adolescentes no se juzgarían como adultos”.

Actualmente, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes establece como medida de internamiento únicamente a dos grupos etarios: de 14 a antes de los 18 años. 

En ese sentido, los menores de 14 años no pueden ser sancionados con internamiento; para el grupo de 14 a 16 años, la sanción máxima es de tres años, mientras que la pena más alta, de cinco años, corresponde al grupo de 16 a antes de los 18 años. 

Esta se cumple en el Centro de Internamiento para Adolescentes “Quinta del Bosque”, en Zinacantepec.

Macedo García enfatizó que no es posible modificar las sanciones privativas de la libertad ya mencionadas, ya que hacerlo representaría una vulneración a los derechos humanos de los menores en conflicto con la ley. 

“Por ser parte de la Convención nosotros no podemos cambiar ese sentido, no puede haber más penas graves porque sería un retroceso a un derecho humano de ellos”.

Fortalecer procesos de reincorporación de adolescentes 

Consideró que los esfuerzos deben enfocarse en fortalecer los procesos de reincorporación de los adolescentes involucrados en hechos delictivos, para que, una vez cumplidas sus sanciones, puedan reintegrarse a la sociedad con oportunidades reales. 

“Lo que creo que hay que hacer es la diversificación de la reincorporación de los adolescentes a la sociedad con mecanismos verdaderos de reincorporación transversalmente; ayudarlos en la educación, el trabajo, en guías, en tutores, en personas que estén interesadas en reinsertarlos a la sociedad porque la pena máxima es de cinco años”.

En el caso de Valle de Chalco, tras la muerte del menor de dos años, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México busca reclasificar el delito de homicidio en grado de tentativa a homicidio calificado. Por este hecho hay cuatro personas detenidas, una de ellas menor de edad, quien ya se encuentra en el Centro de Internamiento para Adolescentes en Zinacantepec.

kr

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