La diputada local del PRI en Nuevo León, Alhinna Vargas, presentó una iniciativa de reforma al Código Civil y al Código Penal del Estado para sancionar de 2 a 10 años a cualquiera de los padres que incurra en falsedad en las declaraciones en la solicitud de las órdenes de protección o alguna medida cautelar.
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En conferencia de prensa en el Congreso local, Vargas dijo que en ocasiones hay solo un fin para perjudicar a alguno de los cónyuges, con lo que se contribuye a garantizar el interés superior de la niñez.
"Es una práctica común brindar órdenes de protección de manera anticipada a una determinación judicial, cuando existe el temor fundado de una agresión en el seno familiar por alguno de los cónyuges.
“Lamentablemente, en muchos casos se ha abusado en el uso de estas figuras, pues es cada vez más evidente que los hechos expuestos para solicitarlos son exagerados, o lo que es más grave, son hechos inexistentes o falsos que se aducen con el único fin de causar daño a uno de los cónyuges, para así obtener un resultado indebido con relación a la custodia, convivencia y pensión alimentaria de personas menores de edad", dijo.
Agregó que es necesario establecer como obligatorio que todo interesado, incluyendo los abogados, que, desde el primer escrito, la diligencia o audiencia en que intervinieran, se identifiquen y rindan protesta de conducirse con verdad, y el juez debe de darles a conocer las penas que se imponen a quienes declaran con falsedad, y que, en ese caso, advertirles que le daría vista al Ministerio Público.
“En la iniciativa que presento se establece que las órdenes de protección y otras medidas relacionadas podrán quedar sin efectos si se prueba la falsedad en las declaraciones vertidas, y como consecuencia, de la comisión de ese delito, se perdería el derecho de ejercer la patria potestad” concluyó.