La magistrada presidente del Tribunal Superior de Justicia, Blanca Sánchez Martínez, avaló el aumento de delitos del catálogo que ameritan prisión preventiva oficiosa aprobado la semana pasada por los diputados federales.
“Yo lo veo bien, yo sí estoy de acuerdo en que haya prisión preventiva oficiosa aun y cuando se dice que no es la solución tener más gente en las cárceles, que un juez no esté tan atado de manos y que pueda decretar él mismo prisión preventiva oficiosa”, sostuvo.
Los diputados federales aprobaron la reforma al artículo 19 Constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa con lo que se amplió el catálogo de delitos y se integraron: el robo de hidrocarburos, corrupción y delitos electorales, abuso sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, a transporte de carga, desaparición forzada y portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército.
“Ojalá que los delitos así ahora que saben que va a ser de prisión preventiva oficiosa y que digan tengo una salida para no estar en prisión, pues ya lo van a pensar porque ahora simplemente el cometer el delito es prisión preventiva oficiosa, entonces sabrían que no hay ni fianza, que no hay una medida cautelar diversa”, agregó Sánchez Martínez.
Respecto a si se saturarían las cárceles con la prisión preventiva oficiosa dijo: “saturar cárceles significaría que entonces se van a seguir cometiendo los delitos y yo le apuesto a que la gente lo deje de hacer; si se van a saturar (las cárceles) no lo sé, esperemos que lo que se evite es que se cometa (el delito)”.
El martes de la semana pasada el Pleno de la Cámara de diputados federal aprobó por mayoría calificada, en lo general y en lo particular –con 377 votos a favor, 96 en contra y cinco abstenciones- la reforma al artículo 19 Constitucional y la turnó a los congresos estatales para su análisis y eventual ratificación.
Los delitos que se adicionan al catálogo son nueve: uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento mediante actos de corrupción, robo de hidrocarburos, feminicidio, abuso sexual contra menores, robo de casa habitación, robo al transporte de carga, desaparición forzada de personas y cometida por particulares e ilícitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
Cabe mencionar que actualmente la Carta Magna establece prisión preventiva oficiosa para los siguientes delitos: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación y el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
En el artículo cuarto transitorio del dictamen se indica que “la prisión preventiva oficiosa deberá evaluarse para determinar la continuidad de su aplicación, a partir de los cinco años cumplidos de la vigencia del presente decreto”.
Al respecto, diversas organizaciones señalan que la reforma constitucional al artículo 19 en materia de prisión preventiva oficiosa, aprobada por el Senado, representa una regresión en materia de derechos humanos en México.
María Elena Morera, presidente de la organización Causa Común, señala que no hay evidencia empírica de que ese catálogo de delitos reduzca la inseguridad en el país ni que se beneficie a la víctima cuando alguien está en prisión para ser investigado.