En dos años procesan 25 denuncias por violencia digital contra mujeres en Hidalgo

El Poder Judicial hizo un llamado a denunciar todo tipo de prácticas en contra de la identidad e integridad de las mujeres en las redes

Reynaldo Soto Ponce recordó que estas modificaciones a la ley son respuesta al reclamo de muchas mujeres (Pixabay).
Pachuca; Hidalgo /

El secretario general del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo, Reynaldo Soto Ponce, explicó que las víctimas de violencia digital deben tener confianza en denunciar, pues con las reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2021, juezas y jueces cuentan con mayores herramientas para sancionar este delito de manera específica.

Soto Ponce recordó que estas modificaciones a la ley son respuesta al reclamo de muchas mujeres que no eran atendidas a esa vulneración de sus derechos, toda vez que anteriormente el ilícito se consideraba dentro de los supuestos del abuso sexual, lo que limitaba el alcance de las sanciones; no obstante, ahora es posible identificarla como una conducta específica.


Desde marzo de 2021, mes en que entró en vigor la nueva ley, hasta junio de 2023, el Poder Judicial del Estado de Hidalgo a cargo de la magistrada presidenta, Rebeca Aladro Echeverría, ha dado trámite a 25 asuntos por el tipo penal de violación a la intimidad sexual, por lo que se destacó la importancia de que las víctimas denuncien, al tiempo de hacer un llamado a la ciudadanía para evitar la generación de este delito.

De acuerdo con la legislación, el delito clasificado como violación a la intimidad sexual es cometido por aquella persona que, sin el consentimiento de quien pueda otorgarlo, produzca, publique, difunda, distribuya o comparta a través de cualquier medio, conversaciones, imágenes, audios o videos, de carácter o contenido intimo sexual, erótico o pornográfico, y se le impondrá de tres a seis años de prisión y de 200 a 500 días multa.

Además, la misma pena se impondrá a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico de una persona sin su consentimiento; y se aumentará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación y/o se empleare violencia.


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