La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó suspender la política del gobierno federal que impide a los municipios comprar sus propias vacunas contra el coronavirus.
El municipio de Huixquilucan, Estado de México, presentó una controversia constitucional demandando la suspensión, solo en su localidad, de los efectos de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 contenida en el acuerdo emitido por la Secretaría de Salud Federal.
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Por unanimidad, la Sala avaló el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien confirmó la decisión de su homólogo Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro instructor de la controversia de negar la suspensión solicitada.
La Sala consideró que el propósito de la solicitud de la suspensión no trató en preservar derechos de los habitantes del municipio, sino en que pueda comprar o adquirir mediante acuerdo de coordinación la vacuna contra el covid-19.
Los ministros coincidieron que el objetivo del acuerdo de la Secretaría de Salud es que las autoridades sanitarias estatales, es decir, los gobiernos de las entidades federativas y no los municipios, sean quienes colaboren en la implementación de la política de vacunación.
Dejaron claro que la suspensión en las controversias constitucionales no se otorga cuando se plantea respecto de normas generales, pues se interrumpiría su validez, eficacia, fuerza obligatoria general o existencia.
El fallo derivó del recurso de reclamación interpuesto por dicho municipio contra la decisión del ministro Alcántara Carrancá.
AESC