La presidenta del Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), Patricia Talavera, pidió a las autoridades de ese sistema que la “respeten y no interfieran” con su función, pues acusó que se han abstenido de firmar su contrato como integrante de ese comité.
Las autoridades del SNA son la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), la Fiscalía Anticorrupción, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y el Órgano de Administración Judicial.
La demanda de amparo y el freno judicial
En un juicio de amparo, promovido el pasado 29 de junio, Talavera reclamó la “abstención de la suscripción del contrato a lo ordenado por el artículo 17 de la Ley General del Sistema Anticorrupción” y pidió que, como medida cautelar, el juez ordenara a esas autoridades, en su calidad de integrantes del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA), que “celebren la sesión a la que hace referencia el artículo 28 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción”.
Además, también pidió que “las autoridades responsables respeten y no interfieran en las funciones que tiene la quejosa Blanca Patricia Talavera Torres, como integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción”.
Así se puede leer en la síntesis del expediente de su demanda de amparo, cuyos datos son públicos en el sistema electrónico del Órgano de Administración Judicial.
Sin embargo, en primera instancia, el pasado 13 de julio, el Décimo Tercer Juzgado de Distrito en la Ciudad de México, le negó la suspensión provisional y se negó a ordenarles a las autoridades anticorrupción a que sesionen, como lo pedía la presidenta del SNA.
Este año, Talavera asumió la presidencia del CPC, y por lo tanto, del SNA, la cual recae cada año en el integrante del CPC con mayor antigüedad.
Contratación congelada y parálisis institucional en 2026
A los miembros del CPC no se les considera servidores públicos, para que no pierdan su calidad de “ciudadanos”, por lo que el vínculo legal con el sistema se establece mediante contratos de prestación de servicios por honorarios, los cuales se deben renovar cada año, y es la SESNA la que les paga.
Por lo visto, de acuerdo con la demanda de amparo que presentó Talavera, hasta ahora, a siete meses de que asumió la presidencia del CPC y del SNA, no se ha firmado su contrato y por lo tanto, no se le ha pagado en todo lo que va de 2026.
A pesar de que tanto el Órgano de Gobierno de la SESNA, como el Comité Coordinador del SNA, que están integrados por las mismas autoridades, deben celebrar por lo menos cuatro sesiones ordinarias por año, a convocatoria de la presidenta del SNA, en lo que va de 2026 no se ha realizado ni una sola sesión.
IOGE