El Código Nacional de Procedimientos Penales vigente no ofrece certeza a las autoridades que tienen el primer contacto con billetes procedentes de hechos delictivos, por lo que en el Senado se trabaja en una iniciativa que busca dar certidumbre a dichos aseguramientos.
Este código establece un sistema de control y registro de objetos, instrumentos o productos de hechos delictivos en el artículo 227, denominado cadena de custodia.
Sin embargo, los procesos relacionados con los delitos contra la salud y con la delincuencia organizada han demostrado que es necesario establecer medidas especiales para preservar, resguardar y administrar el dinero en efectivo, ya que en diversos casos se desconoce su destino.
La iniciativa propuesta por el senador del PRI, Jorge Carlos Ramírez, adiciona dos párrafos al artículo 228 para que la cadena de custodia sea efectiva desde la localización, a manera de que se preserven y dispongan en la forma en que fueran encontrados.
"Se propone que las autoridades que localicen indicios, vestigios, evidencias, objetos, instrumentos o productos de hechos delictivos deberán tomar fotografías de los mismos o bien videograbarlos, así como describir en las actas correspondientes su cantidad, peso y volumen", detalla el documento de iniciativa.
El promotor de la iniciativa dijo que el dinero producto de actividades del narcotráfico o del crimen organizado se encuentra en efectivo por haber sido sujeto a su blanqueamiento ilícito.
Por lo que este nuevo instrumento "sienta las medidas para preservar, resguardar, administrar y disponer de los objetos producto de hechos delictivos como el dinero".
Indicó que por la naturaleza de las organizaciones que cometen delitos de manera organizada contra la salud y delitos por hechos de corrupción, entre otros, existe un peligro latente para las autoridades que localicen estos bienes, "debe de existir un procedimiento eficaz que asegure su custodia por parte de las autoridades".
El legislador propuso adicionar dos párrafos al artículo 228 a efecto de que la cadena de custodia sea efectiva desde la localización de los objetos como lo es el dinero y, con ello, que los bienes asegurados por las autoridades se preserven y dispongan en las condiciones en que fueron encontradas.
"Se propone que las autoridades que localicen indicios, vestigios, evidencias, objetos, instrumentos o productos de hechos delictivos deberán en el propio lugar donde los encontraron, fotografiarlos o videograbarlos, así como describirlos en el acta correspondiente en cuanto a su cantidad, peso y volumen, y demás características que tengan", se precisa en la iniciativa.
Comentó que se necesitan establecer obligaciones para que se preserven las evidencias y el producto de hechos ilícitos desde el momento en que se localizan, y lleguen de manera íntegra y cierta a manos de las autoridades que deben resguardarlos, administrarlos y, en su caso, disponer de ellos.
Asimismo, se propone adicionar al artículo 235 con medidas específicas para el aseguramiento de monedas, billetes y divisas producto de hechos delictivos, y garantizar que queden a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes y se mantenga un registro fidedigno de lo asegurado, existiendo certeza de su destino.
Modificación al artículo 235
Se sugiere que dicho artículo quede de la siguiente manera:
"Cuando se aseguren billetes y monedas de curso legal y divisas se pondrán, para su administración, a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, conservando la autoridad que ordene el aseguramiento, las muestras que deban obrar en los registros de la investigación que al efecto se inicie".
Ramírez Marín precisó que existen diversos casos relevantes y trascendentes como el destino desconocido del patrimonio que Joaquín 'El Chapo' Guzmán amasó a partir de diversas actividades ilícitas.
Agregó que "no más discusiones de dónde quedó el dinero, con esto podemos dar la certeza para que el dinero en efectivo tenga un destino verificable y cuantificable".
Respecto a este caso, aseveró que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, que es la instancia encargada de la administración de los bienes asegurados por las autoridades, desconoce en qué consiste y dónde se encuentra dicho patrimonio, "lo que constituye una afectación al interés nacional".
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