¿Tu familiar falleció y no sabes a qué tienes derecho como beneficiario? Profedet te dice

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) publicó un comunicado explicando el tema.

El beneficiario es la persona física o moral que ha sido designada para percibir algunos beneficios económicos o ciertos derechos. (Gobierno de México
Ciudad de México /

Desde que inició la pandemia por covid-19, los fallecimientos han aumentado exponencialmente. Por ello, es importante conocer tus derechos en caso de que alguno de tus familiares muera.

Para esto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) publicó un comunicado explicando el tema.

¿Cómo se designan y quiénes pueden ser beneficiarios?

Un juicio de designación de beneficiarios es aquel que se inicia cuando un trabajador muere y son los beneficiarios (esposa, concubina, hijos, padres,) quienes pueden hacer valer el derecho y reclamar las prestaciones que generó el extinto en la empresa, como el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), a través de un juicio ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, denominado designación de beneficiarios.

De conformidad con el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, tendrán derecho a recibir indemnización en los casos de muerte:

  • La viuda o el viudo;
  • Los hijos menores de dieciséis años y los mayores de esta edad si tienen una incapacidad de cincuenta por ciento o más;
  • Los ascendientes concurrirán con las personas mencionadas en la fracción anterior, a menos que se pruebe que no dependían económicamente del trabajador;
  • A falta de cónyuge supérstite, concurrirá con las personas señaladas en las dos fracciones anteriores, la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
  • A falta de cónyuge supérstite, hijos y ascendientes, las personas que dependían económicamente del trabajador concurrirán con la persona que reúna los requisitos señalados en la fracción anterior, en la proporción en que cada una dependía de él; y
  • A falta de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, el Instituto Mexicano del Seguro Social.

¿Por qué se inicia un juicio de designación de beneficiarios?

El juicio de designación de beneficiarios se inicia cuando un trabajador ya sea activo o que haya dejado de laborar fallece, las causas de la muerte pueden ser por:

  • Accidente de trabajo;
  • Por enfermedad general.

¿Qué prestaciones pueden solicitar directamente de la empresa?

En caso de que el trabajador se encontrara laborando antes de fallecer los beneficiarios podrían reclamar el pago de prestaciones:

  • Vacaciones y prima vacacional en caso haberlas generado y no se le hubieran pagado;
  • Aguinaldo en caso haberlas generado y no se le hubieran pagado;
  • El pago de los salarios devengados y no cubiertos;
  • El pago de la Prima de Antigüedad de conformidad con lo que marca el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Además de las prestaciones extraordinarias, en caso de que se cuente con contrato colectivo en la empresa, tales como Fondo de Ahorro, Seguro de Vida, Estímulos de puntualidad y Asistencia, etc;
  • Para el pago de dichas prestaciones de conformidad con el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, los beneficiarios contaran con el término de 1 año a partir de la fecha en que falleció el trabajador para poderlas reclamar.

¿Qué prestaciones se pueden solicitar del Infonavit?

Si el extinto trabajador generó el Fondo de ahorro del Infonavit en el periodo de 1972 a 1992, y no lo solicitó, los beneficiarios tendrán el derecho a solicitar el pago para poder realizarlo se cuenta con el término de cinco años contados a partir de la fecha en que falleció el trabajador.

Si el extinto trabajador obtuvo crédito de vivienda, sus beneficiarios podrán solicitar la liberación del crédito y cancelación de la hipoteca.

¿Qué aportaciones se pueden solicitar de la Afore?

En el caso de la devolución de aportaciones, los beneficiarios tendrán derecho a la devolución de las aportaciones del SAR de 1992 a 1997; la devolución de las aportaciones del 2 por ciento de la subcuenta de retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

En caso de que el extinto trabajador no haya adquirido crédito de vivienda, se solicitará la devolución de las aportaciones de la subcuenta de vivienda de 1997 a la última fecha en que dejó de laborar.

Para el pago de las aportaciones del SAR, los beneficiarios cuentan con el término de 10 años para poder realizarlo, contados partir de la fecha en que falleció el trabajador.

¿Qué pueden solicitar los beneficiarios del IMSS?

Si falleció el trabajador y era asegurado del IMSS, los beneficiarios podrán solicitar la ayuda de gastos de funeral, siendo esta la prestación en dinero que se otorga por concepto de gastos de funeral de un asegurado o pensionado, preferentemente familiar de éste. La prestación consiste en dos meses del salario mínimo general que rija en en la Ciudad de México en la fecha del fallecimiento.

Los requisitos para el otorgamiento son los siguientes:

  • Que el asegurado fallecido tenga registradas un mínimo de 12 semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento. Tratándose del fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización;
  • Que el asegurado se encuentre vigente en sus derechos al momento del fallecimiento;
  • Tratándose del fallecimiento de pensionado, deberá de haber estado vigente en sus derechos;
  • Los beneficiarios cuentan con el término de un año, contado a partir de la fecha en que falleció el trabajador para solicitar dicho pago.


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