Programa Municipal de Infraestructura Verde: qué es y cuáles son los plazos

Unidad de Planeación y los 84 municipios tienen seis meses para emitir el Programa Municipal de Infraestructura Verde en Hidalgo

La ley Ley de Imagen Urbana se aprobó el martes con 25 votos a favor ( Jorge Sánchez)
Alejandro Reyes
Pachuca /

A partir del viernes 6 de octubre, con la entrada en vigor de la Ley de Imagen Urbana, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), la Unidad de Planeación y Prospectiva así como los 84 municipios del estado tienen 360 días naturales para establecer las bases y la emisión, respectivamente, del Programa Municipal de Infraestructura Verde.

De acuerdo con los artículos transitorios de la Ley, la persona titular de la Unidad de Planeación y Prospectiva, en un plazo de 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del Decreto, deberá emitir las bases generales para la elaboración del Programa.

En tanto, los municipios del estado de Hidalgo dentro del plazo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor de las bases generales, deberán emitir el Programa, el plazo se cumple el 6 de abril de 2024.

Ley de Imagen Urbana en Hidalgo 

La Ley de Imagen Urbana establece que el Programa Municipal de Infraestructura Verde es un instrumento de planeación que establece las estrategias y acciones para el fomento, identificación y conservación de la biodiversidad como elemento del entorno urbano.

El artículo sexto de la Ley, en su fracción XIII señala que corresponde a los municipios, en el ámbito de su competencia elaborar un Programa de Infraestructura Verde en el que se establezcan objetivos, estrategias, líneas de acción y prioridades para la creación y protección de las áreas verdes que coadyuven con la mitigación del cambio climático, del cual deberá tener conocimiento la Unidad de Planeación y Prospectiva.

El 3 de octubre, con 25 votos a favor, los diputados locales aprobaron este martes la Ley de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo enviada por el gobernador Julio Menchaca Salazar.

La Ley se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo la noche del 5 de octubre y entró en vigor a partir del día 6. La Persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, en un plazo de 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá emitir el Reglamento de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo.

Tiene por objeto establecer las bases generales de la imagen urbana en la entidad así como normar los elementos que constituyen la misma, procurando la recuperación, mantenimiento, preservación y desarrollo del espacio público, cuya aplicación comprende las zonas urbanas, periurbanas y rurales, a partir de la identificación de los elementos técnicos, administrativos y socioeconómicos de los municipios del estado.

Establece los criterios generales que deberán considerar las autoridades municipales en el otorgamiento de los permisos, licencias y autorizaciones que impliquen una intervención que modifique o altere cualquier aspecto de la Imagen Urbana.

Corresponde a la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible (SIPDUS), entre otras cosas, regular, preservar y mejorar la Imagen Urbana; promover con la población, el cuidado, mantenimiento, conservación y mejora que genere una cultura sobre el valor de la Imagen Urbana, que permita una identidad y orgullo de pertenencia, así como un atractivo para visitantes y turistas; e impulsar la mejora de la Imagen Urbana con la participación de especialistas en la materia.

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