Programa de Verificación Vehicular Obligatorio entra en vigor este 1 de enero

Conoce el calendario para el primer semestre de 2022

Verificación Vehicular | Cuartoscuro
Alejandro Reyes
Pachuca /

A partir de este 1 de enero entró en vigor el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio para el primer semestre de 2022, de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo (Semarnath).

La verificación vehicular es obligatoria y a través del programa se establece el calendario y los lineamientos conforme a los cuales los vehículos automotores matriculados en el estado de Hidalgo deberán ser verificados en sus emisiones contaminantes durante el primer semestre del 2022 con la finalidad de monitorear el desempeño ambiental por niveles de contaminantes emitidos por los vehículos automotores.

Así el calendario de verificación establece que el color del engomado amarillo con el último dígito de la placa de circulación 5 o 6 debe realizar su verificación en los meses de enero y febrero.

El color del engomado rosa con el último dígito de la placa de circulación 7 u 8 debe realizar su verificación en los meses de febrero y marzo; el engomado rojo con el último dígito de la placa de circulación 3 o 4 deberá realizar su verificación en los meses de marzo y abril.

En tanto, el color del engomado verde con el último dígito de la placa de circulación 1 o 2 deberá realizar su verificación en abril y mayo; mientras que el engomado azul con el último dígito de la placa de circulación 9 o 0 debe realizar su verificación en mayo y junio.

El Programa de Verificación Vehicular es de observancia obligatoria para la circulación de vehículos automotores de combustión interna matriculados o que circulen en el territorio de Hidalgo, ya sean propietarios, poseedores y conductores de vehículos automotores destinados al transporte público o privado que ofrezcan servicio particular o público de carga o pasajeros, con excepción de los vehículos con matrícula de auto antiguo, automotores con matrícula demostradora, tractores agrícolas, maquinaria dedicada a la industria de la construcción y minería, y motocicletas.

Asimismo, quedan obligados a observar el Programa los titulares de los Centros de Verificación Vehicular o Unidades de Verificación Vehicular o Unidades de Inspección Vehicular autorizados en el Estado de Hidalgo, los proveedores de equipo de verificación de emisiones vehiculares así como los laboratorios que prestan sus servicios de calibración y de suministro de gases.

Para conocer la ubicación de los Centros de Verificación Vehicular o Unidades de Verificación Vehicular o Unidades de Inspección Vehicular autorizados se piede consultar el sitio: https://smedioambiente.hidalgo.gob.mx/pag/verifdirec.html.

Al presentar el vehículo a verificar tendrá que estar afinado, contar con el convertidor catalítico en buen estado (aplica para modelos 1991 y posteriores) y en general en condiciones físico-mecánicas adecuadas para no hacerse acreedor a las sanciones establecidas en la normatividad aplicable.

Si el vehículo aprueba la verificación, el Centro de Verificación Vehicular o Unidad de Verificación Vehicular o Unidad de Inspección, expedirá el certificado correspondiente, colocando la calcomanía holográfica únicamente en la parte media derecha de su cristal delantero por debajo de la sombra (si contara con ella) y quedará libre de obstáculos que impidan su identificación, retirando las calcomanías holográficas de los semestres anteriores.

Se deberán conservar el certificado y la calcomanía adherida por el periodo de vigencia de dicha verificación, ya que será requisito indispensable para su próxima verificación; para el caso de vehículos blindados se colocará en una mica o cristal mismo que deberá permanecer en el vehículo para acreditar su cumplimiento. En caso de rechazo el usuario deberá exigir la constancia respectiva.

De igual modo, se aplicará una multa mínima para quienes lleven de un día a seis meses sin verificar con un monto de 7.5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) así como una multa máxima a quienes lleven de seis meses un día hasta un año o más sin verificar con un monto a pagar de 15 UMAS. Se tienen 60 días naturales para pagar.

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