Publican en DOF decreto que prohíbe vapeadores en México

El decreto entrará en vigor desde este martes 31 de mayo y habrá sanciones para quienes no lo sigan.

Los vapeadores están siendo discutidos por Estados Unidos para su regulación. (Shutterstock)
Ciudad de México /

A menos de 24 horas de que el presidente Andrés Manuel López Obrador firmara un decreto para prohibir la circulación y comercialización de los vaporizadores y demás sistemas electrónicos de nicotina en el país, este ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor desde este martes y habrá sanciones para quienes no lo sigan.

El documento establece que esta prohibición tiene como una de sus funciones primordiales la protección de los derechos humanos de la vida, la seguridad y la salud de toda la población mexicana, ya que cualquier tipo de “vapeadores” afecta de forma general a la sociedad, según detalles de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y demás organismos en la materia.

El documento firmado por el Presidente afirma que esta medida se sustenta después de que el 25 de marzo de 2020 la OMS señalara que cada vez más niños y adolescentes “caen víctimas de las tácticas publicitarias de una nueva cartera de productos peligrosos para la salud, y que dentro de las maniobras de comercialización que se utilizan para ello, se encuentran los diseños elegantes y de bolsillo que se promocionan ampliamente como productos atractivos, inofensivos, modernos, de alta tecnología y lujo y que se ocultan fácilmente en la mano de una persona joven”, tal y como lo mencionó el presidente esta mañana

Pues detallan que estos productos tienen "componentes nocivos y potencialmente nocivos" ya que los aerosoles generados por los PTC, además de presentar glicerina y propilenglicol, contienen otras sustancias tóxicas que se encuentran a veces en niveles más altos que en el humo del tabaco en combustión, como el glicidol, la piridina, el trisulfuro de dimetilo la acetoína y el metilglioxal, y se señala que algunas sustancias tóxicas que se encuentran en dichos aerosoles no están presentes en el humo de los cigarrillos combustibles.

“Que la prohibición a la comercialización de las referidas mercancías constituye uno de los pilares fundamentales de contención a la actual situación de alerta sanitaria, cuestión de orden público, en tanto que evita una afectación a la salud de todos los integrantes de la sociedad mexicana, y de seguridad porque actualiza una amenaza a la salud de la población existente en el territorio nacional”, señala el documento

Dicho decreto, que entrará en vigor desde el 31 de mayo en toda la República Mexicana, establece que también, de no ser cumplido, habrá sanciones de acuerdo con los términos que las disposiciones jurídicas aplicables dispongan.


EHR

  • Nilsa Hernández
  • Reportera de negocios, especializada en temas de consumo, agroindustria y comercio internacional. Egresada de la FCPyS. Soy amante de las buenas historias, las películas de terror, largas pláticas y los gatos.

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