El Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) publicó el Protocolo Cero para la prevención, atención y sanción del acoso sexual o laboral y hostigamiento sexual o laboral en la administración pública, el cual contará con un registro de los casos.
El Protocolo, que entró en vigor a partir de este 20 de agosto, tiene como propósito establecer las bases para la implementación uniforme, homogénea y efectiva de los procedimientos que prevengan, atiendan y sancionen el acoso sexual o laboral y hostigamiento sexual o laboral en las dependencias y entidades de la administración pública del estado de Hidalgo.
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Sus objetivos son: establecer medidas específicas para prevenir conductas de acoso sexual o laboral y hostigamiento sexual o laboral en las dependencias y entidades de la administración pública estatal, así como promover una cultura institucional de igualdad de género y un clima laboral libre de violencia; definir mecanismos para orientar y brindar acompañamiento especializado ante las autoridades competentes a la víctima de acoso sexual o laboral y hostigamiento sexual o laboral a fin de garantizar la no revictimización y el acceso a la justicia.
Además señalar las vías e instancias competentes al interior de las dependencias y entidades de la administración pública estatal que pueden conocer y, en su caso, investigar o sancionar el acoso sexual o laboral y hostigamiento sexual o laboral; también busca establecer las pautas de elaboración para que cada dependencia y entidad de la administración pública del estado de Hidalgo cuente con un registro de los casos de acoso sexual o laboral y hostigamiento sexual o laboral a fin de permitir su análisis, facilitar su seguimiento, identificar patrones e implementar acciones que los inhiban y erradiquen.
Además de contribuir a la erradicación de la impunidad, se crearán Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, donde se podrán presentar las denuncias que transgredan la regla de integridad de comportamiento digno.
El Comité valorará los elementos con los que cuente y, en su caso, emitirá la opinión o recomendación respecto a la denuncia, la cual se dirigirá a las unidades administrativas correspondientes a efecto de que se tomen las medidas que eviten la reiteración y prevengan posibles conductas de acoso sexual o laboral y hostigamiento sexual o laboral.
Además podrá brindar orientación a la víctima sobre las diferentes posibilidades de atención en otras instancias, sin perjuicio de continuar la atención de su caso en la vía administrativa o penal.