Recientemente, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se ha visto en medio de la polémica por la destitución de José Luis Vargas de la presidencia de la Sala Superior del organismo, y su reemplazo con el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, y posteriormente con Felipe Alfredo Fuentes Barrera. Sin embargo, surgen dudas sobre el propósito de la institución y su funcionamiento.
Incluso, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha sido crítico sobre las funciones del organismo en más de una ocasión, afirmando que los magistrados “están colmados de privilegios” y ganan hasta tres veces más que él, por lo que consideró que todos deberían de renunciar. Antes de debatir si es necesario reformar o desaparecer a esta institución, te contamos un poco sobre lo que hace y cómo surgió.
Historia
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el TEPJF, publicaron en 2013 una compilación de artículos titulada ¿Qué es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación? en la que detallaron el origen y el funcionamiento del organismo.
En el documento, explican que en 1987 se creó el primer tribunal electoral, llamado Tribunal de lo Contencioso Electoral (Tricoel), concebido como un órgano autónomo de carácter administrativo, que buscaba resolver conflictos electorales sobre los diputados, senadores y la Presidencia de la República. Sin embargo, sus decisiones podían ser modificadas libremente por los Colegios Electorales del Congreso de la Unión.
La existencia del Tricoel fue efímera, para1990 se estableció un sistema de medios de impugnación en materia electoral federal, cuyo conocimiento se otorgó al organismo público encargado de preparar y realizar las elecciones, el recién creado Instituto Federal Electoral (IFE), así como a un tribunal calificado constitucionalmente como órgano electoral jurisdiccional autónomo. Así, se creó el Tribunal Federal Electoral (Trife), aunque naturaleza mixta del sistema prevalecía.
“A partir de 1993, el Tribunal Electoral se ve fortalecido, al definirse constitucionalmente como máxima autoridad jurisdiccional en la materia. Además, desapareció el sistema de auto calificación respecto de las elecciones de diputados y senadores del Congreso de la Unión”, apunta el escrito.
Logo del TEPJF
Tras otra reforma constitucional, en 1996 se incorpora el Tribunal Electoral al ámbito del Poder Judicial de la Federación y se confirma su atribución de resolver en forma definitiva e inatacable, las impugnaciones contra resultados de las elecciones de diputados y senadores.
De esta manera surge el actual Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Esta reforma también le otorga a la Sala Superior la facultad de resolver impugnaciones en contra de los resultados de la elección presidencial y declarar la validez de los comicios y la declaración de presidente electo. Posteriormente, en 2007, el Tribunal Electoral logra la permanencia de sus cinco Salas Regionales, y se le otorga la facultad de inaplicar leyes electorales que sean contrarias a la Constitución, convirtiendo al TEJPF en la máxima autoridad en materia electoral.
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¿Qué es?
De acuerdo con su sitio oficial, el Tribunal Electoral es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación, encargado de resolver controversias en la materia electoral, así como proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos; es decir: impartir justicia en el ámbito electoral.
Su propósito fundamental es actuar como la máxima autoridad en materia de justicia electoral, y garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad en los actos y resoluciones electorales.
¿Qué hace?
Con fundamento en el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 189 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la función primordial del Tribunal es resolver las impugnaciones de los procesos electorales que se desarrollen en nuestro país.
Las impugnaciones ocurren cuando alguna persona, partido coalición o candidato cuestionar la validez de una sentencia, acto, documento o situación (en este caso electoral), y presenta recursos o pruebas para demostrar su invalidez.
Este organismo deberá dar un veredicto final sobre estos recursos, actos y resoluciones cuando se tenga evidencia que violan los derechos político-electorales de los ciudadanos. Incluso, puede anular una elección cuando suceda alguna de las causas señaladas en la ley.
Le corresponde revisar las controversias que puedan existir en las elecciones de la Presidencia de la República, gubernaturas, jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, diputaciones y senadurías electas por el principio de mayoría relativa y representación proporcional.
Del mismo modo, es responsable de efectuar el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, calificar la legalidad de la elección
También conoce, y recibe las controversias a los actos o resoluciones de los órganos centrales del Instituto Nacional Electoral (INE). Su labor es diferente a la que realiza dicho organismo, el cual planea y desarrolla las elecciones, siendo una función administrativa.
Por ejemplo, si se niega el registro a un aspirante a candidato por parte del INE, estos pueden acudir al tribunal para solicitar su intervención, con la finalidad de conseguir el registro. Asimismo, si se demuestran pruebas para anular una votación en una o varias casillas electorales, se solicita al tribunal que proceda para llevar a cabo un juicio y determinar.
Organización
Está integrado por una Sala Superior y cinco Salas Regionales. La primera tiene su sede la Ciudad de México, mientras que las restantes se encuentran en Guadalajara (I circunscripción), Monterrey (II circunscripción), Xalapa (III circunscripción), la Ciudad de México (IV circunscripción) y Toluca (V circunscripción).
La Sala Superior se integra por siete magistrados electorales, los cuales son propuestos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado. Son electos por un periodo de nueve años, mientras que el presidente es sometido a votación por los magistrados que la integran, por un periodo de cuatro años.
En la actualidad, la Sala Superior está compuesta por los siguientes magistrados:
- José Luis Vargas Valdez
- Reyes Rodríguez Mondragón
- Felipe de la Mata Pizaña
- Janine M. Otálora Malassis
- Indalfer Infante Gonzales
- Mónica Aralí Soto Fregoso
- Felipe Alfredo Fuentes Barrera
Para sesionar y votar sobre algún tema basta con la presencia de cuatro de los siete magistrados. Las resoluciones se toman por unanimidad; por mayoría calificada en los casos expresamente señalados en la ley, o por mayoría simple.
Las cinco Salas Regionales son órganos permanentes que tienen competencia para conocer las impugnaciones relacionadas con su circunscripción y una especializada para a Ciudad de México. Están integradas por tres magistrados elegidos por el Senado de la República, a propuesta de la Corte , y ejercen su cargo por periodos de tres, seis y nueve años.
Como máxima autoridad jurisdiccional electoral, el TEPJF tiene la última palabra para resolver conflictos que emergen de cualquier elección en México. A él, pueden acudir todos los ciudadanos, partidos políticos, coaliciones, candidatos, organizaciones o agrupaciones políticas o de ciudadanos que consideren que sus derechos político-electorales han sido violados o que la equidad de la contienda está en riesgo.
LP